REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, miércoles veintiuno de junio de dos mil seis, siendo las 2:30 de la tarde, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio EDITH SULAMY GARCÍA SÁNCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.685, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL VALLE ARRIBA COUNTRY CLUB, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Parcela de terreno N° 30, ubicada en la avenida 19 de abril, Aldea Loma de Pío, Jurisdicción de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada sobre una parcela de terreno signada con el N° 30, ubicada en la dirección antes indicada, cuyas medidas y linderos son: NORTE: En 24,18 metros con la parcela N° 31; SUR: En 24,10 metros con la parcela N° 29; ESTE: En 20 metros con parcela N°s. 33 y 34; y OESTE: En 20 metros con la calle Dos o “Santísima Trinidad”, dicho inmueble le pertenece a la parte demandada, ciudadano: MARCO ANTONIO GARCÍA, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha 27 de abril de 1.995, bajo el Nº 03, Protocolo Tercero, Tomo 02, correspondiente al 2° Trimestre del citado año, medida ésta decretada en el JUICIO que por COBRO DE BOLÍVARES-VIA EJECUTIVA se sigue CONTRA el ciudadano MARCO ANTONIO GARCÍA, en el expediente N° 6677-2006 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial JACKSON GAMBOA, placa 2227. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente y acuerda designar como Depositario al ciudadano: CARLOS ARTURO SÁNCHEZ, titular de la C. I. N° V-1.555.677, representante de la Depositaria Judicial Los Andes S.R.L., quien estando presente manifestó aceptar el nombramiento y prestó el juramento de ley ante la Juez. El Tribunal avalúa prudencialmente la parcela de terreno objeto de la presente medida en la cantidad de CIENTO TREINTA MILLONES DE BOLIVARES, (Bs. 130.000.000,00). Seguidamente, este estado el Tribunal declara legalmente EMBARGADO EJECUTIVAMENTE la parcela de terreno signada con el N° 30, y en consecuencia declara su DESPOSESION JURÍDICA de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil y le hace entrega del mismo al Depositario Judicial designado, quien deberá ejercer la supervisión respectiva a dicho inmueble. Este Tribunal observa construidas sobre la parcela de terreno unas mejoras consistentes en una casa para habitación de dos niveles, con techos de machimbre y teja, sin puertas, ventanas ni rejas. Este Tribunal acuerda participar mediante oficio al Registrador Subalterno correspondiente la práctica de la presente medida de Embargo Ejecutivo, todo de conformidad con el Artículo 535 Ejusdem. Asimismo este Tribunal ordena el libramiento de un Cartel de Notificación en virtud de que en dicho inmueble no se encuentra persona alguna para su notificación y se agregue una copia del mismo a la presente comisión. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 4:00 de la tarde y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ

LA PARTE ACTORA,


ABG. SULAMY GARCÍA SÁNCHEZ

EL FUNCIONARIO POLICIAL,


JACKSON GAMBOA

EL DEPOSITARIO JUDICIAL


CARLOS ARTURO SÁNCHEZ

LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO