REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GARCIA DE HERVÍA, PANAMERICANO, SAMUEL DARIO MALDONADO Y SIMÓN RODRIGUEZ

En horas de despacho del día de hoy, miércoles veintiuno (21) de Junio de dos mil seis (2006), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30), conforme al acta de Embargo Ejecutivo de fecha 19-06-2006, que riela a los folios 07 y 08; se hizo el llamamiento del ciudadano ELIS ENRIQUE BASTIDAS VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.354.261, en su carácter de demandado en la presente causa, a quien se le requirió la presentación del Libro de Acciones de la Empresa Mercantil “BASMO C.A.”, para el día de hoy miércoles 21 de junio de 2006, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) en el despacho de este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios García de Hevia, Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, constatada por secretaría su inasistencia, este Juzgado Ejecutor procede a declarar DESIERTO el presente acto. Presente en el despacho el abogado actor EVELIO CUADROS DUARTE, titular de la cédula de identidad No V-9.352.332, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 88.671, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana CLEOTILDE ELENA MENDEZ PERNIA, titular de la cédula de identidad Nro V-9.353.196, todo con el fin de continuar con la practica de la presente comisión conferida por el Tribunal Segundo de Transición de Primera Instancia del Trabajo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, quien en fecha 23 de mayo de 2006, libró MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN en el expediente No 9748-2004, Solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Por cuanto el ciudadano ELIS ENRIQUE BASTIDAS VASQUEZ, ya identificado en las actas de la presente comisión, se comprometió con apercibimiento de presentar en el día de hoy el Libro de Acciones de la Empresa Mercantil “BASMO C.A.” y no lo hizo, es por lo que solicito al Juzgado Ejecutor de Medidas comisionado se sirva ordenarle al referido ciudadano, si es necesario con la ayuda de la fuerza pública a que presente el citado libro a objeto de continuar con la ejecución del Embargo ordenado por el Juzgado Comitente. Es todo”. Seguidamente el ciudadano Juez vista la precedente solicitud, acuerda en conformidad, en consecuencia, se ordena librar la correspondiente notificación al ciudadano ELIS ENRIQUE BASTIDAS VASQUEZ, a que presente el Libro de Acciones de la Empresa Mercantil “BASMO C.A.”, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes que conste en autos su notificación, so pena de solicitar la utilización de la fuerza pública en caso de ser necesario, como consecuencia del desacato a una orden judicial. Es todo. Terminó, se leyó y conforme se firma siendo las once y cinco horas de la mañana (11:05 a.m.)
EL JUEZ EJECUTOR
Abg. Rafael M, Nieto R.

El Abogado Actor
Evelio Cuadros Duarte

LA SECRETARI
Abg. Trineima Y, Padilla C.

Comisión. N° 761-2006.-