REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO LOS TEQUES
Los Teques, 16 de Junio de 2006
196° y 147°
CAUSA No. 2M-017/06
JUEZ: YANETT RODRIGUEZ CARVALHO
SECRETARIA: EILYN CAROLINA CAÑIZALEZ
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
FISCAL: Dr. ORLANDO EFRAÍN PADRÓN, Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques.
VICTIMAS: CARMEN TERESA VALLADARES ROSALES (OCCISA) y CARLOS ENRIQUE TERAN
ACUSADO: RICHARD DANIEL FUENTES ANTILLANO, titular de la cédula de identidad personal número V-16.590.755.
DEFENSA: Dr. HECTOR PEREZ ARIAS, adscrito a la Unidad de Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Los Teques.
DELITOS: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA, en perjuicio de la ciudadana que en vida respondiera al nombre de CARMEN TERESA VALLADARES, y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, en perjuicio del ciudadano CARLOS ENRIQUE TERAN, tipos penales estos previstos y sancionados en el numeral primero del artículo 406 del Código Penal, con la agravante del numeral quinto del artículo 77 ejusdem, en concordancia con el segundo aparte del artículo 80 ibidem.
Siendo el día de ayer la oportunidad legal correspondiente a los fines que en la causa seguida en contra del ciudadano RICHARD DANIEL FUENTES ANTILLANO, titular de la cédula de identidad personal número V-16.590.755, tenga lugar la audiencia pública de constitución del Tribunal Mixto a que se contrae la norma del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en la que se resuelve sobre las inhibiciones y recusaciones que pudieran presentarse así como acerca de los impedimentos y excusas de las personas seleccionadas por sorteo para actuar como escabinos, data en la cual acordó este órgano jurisdiccional no dar despacho por razones que fueran precisadas en nota estampada en el libro diario correspondiente.
Así la revisión exhaustiva de las resultas atinentes a las boletas de notificación libradas a los ciudadanos que resultaran electos como escabinos en sorteo realizado en fecha treinta y uno (31) de Mayo del año en curso, y siendo que, del examen realizado se observó que respecto de las mismas fueron plasmadas notas por los funcionarios alguaciles a quienes se encomendara su práctica indicando en algunos de los casos no resultar de ubicación las direcciones por insuficiencia de datos, en otros haberse ubicado las direcciones pero no encontrarse nadie en el lugar o no ser conocidos por vecinos del sector o haberse mudado.
Ahora bien, en justa correspondencia con las circunstancias referidas ut supra y siendo obligación de todo juez de la República asegurar la integridad de la Carta Magna, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico, estableciendo ésta entre sus garantías la Justicia expedita, sin dilaciones indebidas, lo cual igualmente ampara el legislador patrio en el artículo primero del texto adjetivo penal vigente, advirtiendo esta juzgadora en el caso in concreto la imposibilidad que se presenta de constituir el Tribunal mixto que habrá de conocer del asunto seguido al ciudadano RICHARD DANIEL FUENTES ANTILLANO, con las personas seleccionadas a desempeñarse como escabinos en los sorteos efectuados el día treinta y uno (31) de Mayo del corriente año, por resultar procedente y conforme a derecho de acuerdo a la norma del artículo 158 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda realizar un sorteo extraordinario de selección de escabinos, quedando fijada como oportunidad para su verificación el día viernes treinta (30) de Junio del año dos mil seis (2006), a las once horas de la mañana (11:00 a.m.), ello en aras de evitar demoras en el proceso, ordenándose, en consecuencia, y de conformidad con el artículo 163 ejusdem, la notificación de lo decidido al representante de la Vindicta Pública, al defensor público y a las víctimas. Así mismo, a efectos de verificarse el sorteo en la fecha y hora indicados deberá informarse de ello a la Oficina de Participación Ciudadana, en la persona de su jefa, Licenciada EVELYN BELLO, así librarse boleta de traslado respectiva con destino al director del Internado Judicial de Los Teques a objeto de hacerse presente en la oportunidad señalada la persona del acusado.
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas este Tribunal de primera instancia en función de juicio, No. 02, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: ÚNICO: Atendidas las circunstancias particulares del caso in concreto que denotan imposibilidad de integrarse el Tribunal Mixto que conocerá de la causa seguida en contra del ciudadano RICHARD DANIEL FUENTES ANTILLANO, titular de la cédula de identidad personal número V-16.590.755, con la lista de escabinos seleccionados en sorteo realizado el día treinta y uno (31) de Mayo del presente año, en aras de la vigencia del imperativo constitucional de una Justicia expedita, sin dilaciones indebidas y de conformidad con el artículo 158 del Código Orgánico Procesal Penal se decide efectuar SORTEO EXTRAORDINARIO DE SELECCIÓN DE CIUDADANOS PARA ACTUAR COMO ESCABINOS, fijándose como oportunidad para su verificación el día viernes treinta (30) de Junio del año dos mil seis (2006), a las once horas de la mañana (11:00 a.m.), evitando así mayor demora en el proceso.
Publíquese, regístrese, déjese copia autorizada del presente pronunciamiento, asiéntese en el Libro Diario, líbrense boletas y oficio correspondientes.
LA JUEZ
YANETT RODRÍGUEZ CARVALHO
LA SECRETARIA
EILYN CAROLINA CAÑIZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, librándose boletas de notificación al Drs. ORLANDO EFRAÍN PADRÓN, Fiscal Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, y HECTOR PEREZ ARIAS, adscrito a la Unidad de Defensoría Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a las víctimas, boleta de traslado número 316/2006 dirigida a la dirección del Internado Judicial de Los Teques a nombre del acusado, y oficio signado 363/2006 con destino a la Oficina de Participación Ciudadana, todo lo cual certifico.
LA SECRETARIA
EILYN CAROLINA CAÑIZALEZ
YRC/yrc*
Causa Nro. 2M-017-06
* Cuatro (04) folios. Fecha 16-06-2006
Acusado: Richard Fuentes Antillano
Asunto: Sorteo Extraordinario
Sin enmiendas