REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES

LOS TEQUES, 19 DE JUNIO DE 2006
196° y 147°



Debidamente impuesto como ha quedado IDENTIFICACIÓN OMITIDA, al cumplimiento de las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, sección de Adolescentes. Vista consignación de la defensa de fecha 06 del corriente mes y año, donde consigna constancia de inscripción del curso de Barbería de su defendido, y verificado el comprobante de pago expedido por el Matadero de Aves La Tropical C. A., consignado en fecha 10/04/06, demostrando con ellos el cumplimiento de la medida de Imposición de Reglas de Conducta dictada en su contra, a tales efectos este Tribunal, observa:

Que el joven adulto IDENTIFICACIÓN OMITIDA, inicio el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida en fecha 20/05/2006, hasta el día de hoy han transcurrido VEINTINUEVE (29) DÍAS, y sentenciado como fue a cumplir la medida de Imposición de Reglas de Conducta, por un lapso de tiempo de UN (01) AÑO, se observa que le falta por cumplir del tiempo de ONCE (11) MESES y UN (01) DIA, medida que culminará el día 20/05/2007.

En lo que respecta a las medidas de Libertad Asistida, se puede observar de cómputo de fecha 12/01/2006, la misma la terminará de cumplir el 01/07/2006.

Queda este Tribunal encargado de controlar y vigilar el cumplimiento de las medidas impuestas a los sancionados, velar por su cumplimiento y por el respeto de los derechos que le asisten durante la ejecución de la misma, pudiendo revisarlas para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 630, 631, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

Librese Boleta de Citación al sancionado, para el día martes 04 de julio de 2006, a las 09:15 horas de la mañana. Líbrese Boleta de Notificación a la Representante del Ministerio Público y Defensa Publica. Cúmplase.-
La Juez

NELIDA CAÑIZALES PRIMERA

El Secretario

ELÍAS SILVERIO ALEJOS

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-

El Secretario

ELÍAS SILVERIO ALEJOS
















NJCP/ESA
Act.1E-420/2005