REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO

ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION BARLOVENTO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: de conformidad con los Artículos 330, numerales 2, Admite La Acusación presentada por el Ministerio Público, en contra de los Acusados. GARCIA FERNANDO JOSE, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.774.951, nacido en fecha 04-06-1985, de 21 años de edad, soltero, obrero, hijo de MARGARITA GARCIA GARCIA (v) y de FERNANDO ANTONIO TORO (v), residenciado en el sector San José, casa N° 08, sector Santa Eduviges, Caucgua, Municipio Acevedo, Estado Miranda. MOLINA ARVELO NELSON JOSE; venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. , nacido el 20/05/1983, albañil, hijo de ARVELO ROSA AMELIA (v) y ENRIQUE JOSE MOLINA DURAN f), domiciliado en; Caucagua, marizada, calle 19 de Abril, casaN° 55-39, titular de la Cédula de Identidad 16.910.838, Municipio Acevedo, Estado Miranda. Se admiten las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, las cuales fueron señaladas en el presente auto, a excepción del Acta Policial, se acuerda mantener la Medida Privativa de Libertad, y La Detención Domiciliaria, de conformidad a lo previsto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. SE DECRETA AUTO DE APERTURA A JUICIO CONTRA de los ciudadanos: GARCIA FERNANDO JOSE, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.774.951, nacido en fecha 04-06-1985, de 21 años de edad, soltero, obrero, hijo de MARGARITA GARCIA GARCIA (v) y de FERNANDO ANTONIO TORO (v), residenciado en el sector San José, casa N° 08, sector Santa Eduviges, Caucagua, Municipio Acevedo, Estado Miranda.
MOLINA ARVELO NELSON JOSE; venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. , nacido el 20/05/1983, albañil, hijo de ARVELO ROSA AMELIA (v) y ENRIQUE JOSE MOLINA DURAN f), domiciliado en; Caucagua, Marizapa, calle 19 de Abril, casa N° 55-39, titular de la Cédula de Identidad 16.910.838, Municipio Acevedo, Estado Miranda. Se emplaza a las partes para que en el lapso de cinco (5) días concurran ante el Tribunal de Juicio competente, conforme a lo previsto en el Artículo 331.5 del Código Orgánico Procesal Penal. Se instruye a la ciudadana Secretaria de este Tribunal a los fines de que remita al Tribunal de Juicio correspondiente las presentes actas procesales. DADO SELLADO, FIRMADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE AUDIENCIA DEL DIA SEIS (06) DE JUNIO DEL 2006. CUMPLASE
Es todo.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. ELIADE MARGARITA ISTURIZ PALACIOS

LA SECRETARIA

Abg. NATHALIA PEREZ
ACT. 2C-00719-06