REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal CUARTO de Primera Instancia en lo Penal Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que la Ley le confiere, ACUERDA Modificar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta a la imputada CATRINA MARTINEZ, en fecha 20-03-2006 establecida en el artículo 256, numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, de consistente en presentación cada OCHO DIAS y en su lugar la modifica a presentación cada QUINCE (15) DIAS por ante el alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, así como mantener las establecida en los ordinales 2°, y 6° de dicho artículo 256 ejusdem, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese. Déjese copia autorizada. Notifíquese, líbrese las correspondientes boletas de notificación, remítase a la fiscalía a los fines de ser agregada la presente a la causa principal, líbrese oficio al alguacilazgo del Circuito Judicial.-
La Juez Cuarto de Control
SANDRA SATURNO MATOS
EL SECRETARIO
VERONICA PETER
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
El secretario
VERONICA PETER