REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS


En horas de despacho del día de hoy seis (6) de Marzo del Dos Mil Seis (2006), siendo las 10:00 a.m., fecha y hora fijada para que tenga lugar la Prolongación de la evacuación de las pruebas promovidas por las partes en el proceso que se sigue bajo el expediente signado con el número 518-05, nomenclatura de este Tribunal con motivo de la demanda incoada por la ciudadana Thailis Ávila Ibarra, ampliamente identificada en autos, por concepto de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, en contra de la Alcaldía del Municipio Brión. Se anunció el acto a las puertas de este Tribunal por el ciudadano Alguacil, no haciéndose presente ninguna de las partes, razón por la cual de la ciudadana Juez de conformidad con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara desistido el presente procedimiento. Es Todo, terminó, se leyó y conforme firman:



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Abg. Milagros Hernández Cabello Abg. Fabiola Gómez
Juez de Juicio Secretaria







Exp. N° 518-05
MHC/FG.-