REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 08 de marzo de 2006
195° y 147°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JOSÉ VICENTE QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.629.918, sobre las mejoras y bienhechurías, construida sobre un lote de Terreno de su Propiedad, ubicado en el Parcelamiento “El Prado”, en jurisdicción Municipio Cecilio Acosta del antes Distrito ahora Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, distinguido con la Letra “L”, el cual tiene una superficie de SEISCIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (661,00 mts2), según consta de documento debidamente protocolizado por ante el Registro Subalterno del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 29 de noviembre de 1993, bajo el Nº 14, Protocolo Primero, Tomo 20, Cuarto Trimestre. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada EDITH XIOMARA ARLEO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 38.259. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZ TEMPORAL,
ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA ACC.,
SAMANTA ALBORNOZ
En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas al interesado.
LA SECRETARIA, ACC
EMQ/lisbeth
EXP. N° 41.758