JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Veintitrés de Marzo de 2006.

195° y 147°

Vista la diligencia suscrita por la abogada Cira E. Cáceres, actuando en su carácter de Endosataria en Procuración del ciudadano Marcelo Acacio Quiroz, de fecha 22 de marzo de 2006, en la que informa que “las partes en el presente juicio realizaron Extra-judicialmente Convenimiento de paga bajo Documento Público por ante la Notaría Segunda de San Cristóbal, en fecha 8 de marzo de 2006,” que anexó en original y copia, y por cuanto en fecha 23 de febrero de 2006, interpuso apelación contra la decisión que declaró perimida la instancia, desistió de la misma y pidió que el expediente sea remitido al Tribunal de origen, a los efectos de que ordene la homologación y levantamiento de la medida preventiva sobre bienes muebles y se proceda al archivo del expediente, y siendo que el recurso de apelación es lo que lleva el asunto al conocimiento del Superior, al desistir el apelante la Alzada pierde la materia para conocer del mencionado recurso, en consecuencia, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, DECLARA CON LUGAR EL DESISTIMIENTO DE LA APELACIÓN formulada por la abogado Cira E. Cáceres, actuando con el carácter acreditado en autos, en fecha 23 de febrero de 2006, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 17 de febrero de 2006.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y devuélvase de inmediato el expediente.

El Juez Titular


Abg. MIGUEL JOSÉ BELMONTE LOZADA

La Secretaria Temporal


Abg. Gloria E. Rosales Duque

En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las doce y treinta (12:30) de la tarde, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se devolvió el expediente con oficio N° al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Circunscripción Judicial, constante de treinta y dos (32) folios útiles, junto con cuaderno de medidas constante de tres (3) folios útiles, quedando anotada su salida en el libro respectivo.
Exp. 06-2754.
Ana.