REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTOBAL, 14 de marzo de 2006.

195º y 147º

Recibido del Juzgado Distribuidor, constante de treinta (30) folios útiles y los recaudos presentados por la parte solicitante en fechas 06 y 13 de marzo de 2006. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud. Vistas el acta de defunción Nº 48 de fecha 16 de septiembre de 2005, perteneciente al de cujus ALEJANDRO SANCHEZ HERNANDEZ, venezolano, con Cédula de Identidad Nº V-9.248.788, casado, expedida por el Registro Civil del Municipio Tórbes del Estado Táchira, vista también el acta de matrimonio Nº 22 de fecha 08 de febrero de 1991 de CARMEN SOFIA VEGA MORA y ALEJANDRO SANCHEZ HERNANDEZ y la Partida de Nacimiento Nº 93, de fecha 14/08/1990 perteneciente a YENIFER KARELY SANCHEZ VEGA, expedida por el Registro Civil del Municipio Tórbes del Estado Táchira, igualmente visto el justificativo de testigos de los ciudadanos LUIS ALEXIS SANTANDER VARELA y ELVA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-5.641.156 y V-10.178.301 respectivamente, domiciliados en San Cristóbal del Estado Táchira, evacuados por ante la Notaría Pública Segunda de San Cristóbal el 17 de octubre de 2005, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, las declara suficientes para asegurarle a las ciudadanas CARMEN SOFIA VEGA MORA DE SANCHEZ y YENIFER KARELY SANCHEZ VEGA, venezolanas, mayor de edad la primera y menor de edad la segunda, titulares de las cedulas Nº V-14.872.339 y V-19.665.226 respectivamente, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su carácter de cónyuge la primera e hija la segunda del Causante ALEJANDRO SANCHEZ HERNANDEZ, quien falleció el 10 de septiembre de 2005, en el Palmar de la Copé, vía pública del Municipio Tórbes del Estado Táchira, según consta de acta de Defunción arriba señalada. Conforme a lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan salvo en todo caso los derechos de terceros, devuélvanse originales al solicitante y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.


Josue Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal Jocelynn Granados Serrano
La Secretaria

En la misma se entregaron originales al solicitante y se dejó copia simple para el archivo del Tribunal, conforme se ordenó en el auto.
ebs
Exp. 5117