REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTOBAL, 21 de marzo de 2006.

195º y 147º

Recibido del Juzgado Distribuidor, constante de diecinueve (19) folios útiles y los recaudos presentados por la parte solicitante en fecha 16 de marzo de 2006. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud. Vistas el acta de defunción Nº 225 de fecha 13 de diciembre de 2005, perteneciente al de cujus ABDON JOSE MARIN SANCHEZ, venezolano, con Cédula de Identidad Nº V-5.688.719, casado, expedida por el Registro Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, vista también el acta de matrimonio Nº 42 de fecha 19 de junio de 1983 de los ciudadanos ABDON JOSE MARIN SANCHEZ y MIREYA MELENDEZ JARAMILLO y las Partidas de Nacimiento Nº 32 y 332, de fechas 17/01/1984 y 07/03/1985 pertenecientes a JOSE FERNEY y MARVY ANDREINA MARIN MELENDEZ, expedida por el Registro Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, igualmente visto el justificativo de testigos de los ciudadanos MARIA OMAIRA ARAQUE MALDONADO y FRANCIS LENI CASTILLO VALENCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-15.241.904 y V-15.989.170 respectivamente, domiciliados en San Cristóbal del Estado Táchira, evacuados por ante la Notaría Pública Segunda de San Cristóbal el 16 de febrero de 2006, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, las declara suficientes para asegurarle a las ciudadanas MIREYA MELENDEZ DE MARIN, JOSE FERNEY y MARVY ANDREINA MARIN MELENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas Nº V-9.462.698, V-16.408.190 y V-16.408.191 respectivamente, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su carácter de cónyuge la primera e hijos los siguientes del Causante ABDON JOSE MARIN SANCHEZ, quien falleció el 06 de diciembre de 2005, en Barrancas Parte Alta vía a Colinas del Táchira del Estado Táchira, según consta de acta de Defunción arriba señalada. Conforme a lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan salvo en todo caso los derechos de terceros, devuélvanse originales al solicitante y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.


Josue Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal Jocelynn Granados Serrano
La Secretaria

En la misma se entregaron originales al solicitante y se dejó copia simple para el archivo del Tribunal, conforme se ordenó en el auto.
ebs
Exp.5120