REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 15 de Marzo de 2006
195º y 146º

Visto el escrito, presentado por la Abogada GIOCONDA BEATRIZ CRUZADO NAVAS, actuando en el carácter de Fiscal Auxiliar Sexto del Ministerio Público, en colaboración en la Fiscalia Novena del Ministerio Publico, respectivamente, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de GUZMAN ARTEAGA CARLOS JOSE, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, para decidir observa:

En fecha 19 de octubre de 2000, Funcionarios adscritos al Comando Regional Nº 1, Destacamento de Frontera Nº 13, Segunda Compañía, Segundo Pelotón, Puesto Tres Islas, practicaron la retención del vehículo, suficientemente identificado en autos, el cual presentó en original Certificación de Circulación, a nombre de RODRIGUEZ LEDEZMA ANGEL DE JESUS, al percatarse de que no se trata del mismo nombre, le solicitaron una autorización emitida por el propietario y este manifestó no tenerla, por tal motivo procedieron a trasladarlo al comando y retener el vehiculo preventivamente.

En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:

1.- Consta Acta de Procedimiento Nº -DF-13-2DA CIA-2DO PITON-SI: 2826, del 19 de octubre de 2000, Funcionarios adscritos al Comando Regional Nº 1, Destacamento de Frontera Nº 13, Segunda Compañía, Segundo Pelotón, Puesto Tres Islas, practicaron la retención del vehículo, suficientemente identificado en autos, el cual presentó en original Certificación de Circulación, a nombre de RODRIGUEZ LEDEZMA ANGEL DE JESUS, al percatarse de que no se trata del mismo nombre, le solicitaron una autorización emitida por el propietario y este manifestó no tenerla, por tal motivo procedieron a trasladarlo al comando y retener el vehiculo preventivamente.

2.- Consta Acta policial, de fecha 19 de octubre de 2000, emanada del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional la Fría, actualmente Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, en el cual consta que se debe verificar el estado legal del vehiculo y verificación de posibles registros y solicitudes que pudieran presentar el imputado.

Ahora bien, de las actas que conforman la presente causa, observa que tal hecho, no puede ser atribuido al imputado de autos, en virtud de que no existen condiciones objetivas en el expediente, a los fines de determinar la realización de cualquier acto, que conforma la comisión del hecho punible atribuido al mismo, siendo en consecuencia procedente decretar el Sobreseimiento de la causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así decide.-

Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de GUZMAN ARTEAGA CARLOS JOSE, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse la presente causa al Archivo Judicial.-



ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL



ABG.
SECRETARIA


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Causa N º 1C-7005-06
Exp. Nro 20-F9-1964-00


























REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 15 de Marzo de 2006
195º y 146º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber a la Abogada GIOCONDA BEATRIZ CRUZADO NAVAS, actuando en el carácter de Fiscal Auxiliar Sexto del Ministerio Público, en colaboración en la Fiscalia Novena del Ministerio Publico, respectivamente, que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de GUZMAN ARTEAGA CARLOS JOSE, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa N º 1C-7005-06
Exp. Nro 20-F9-1964-00
Notificación que hago a los fines legales pertinentes


ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

FECHA____________FIRMA_____________HORA____________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber a la Abogada GIOCONDA BEATRIZ CRUZADO NAVAS, actuando en el carácter de Fiscal Auxiliar Sexto del Ministerio Público, respectivamente, que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de GUZMAN ARTEAGA CARLOS JOSE, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa N º 1C-7005-06
Exp. Nro 20-F9-1964-00



















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 15 de Marzo de 2006
195º y 146º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al Ciudadano GUZMAN ARTEAGA CARLOS JOSE (IMPUTADO), que podrá ser localizado en la calle Principal, casa sin numero, del sector la Quesera, el Chivo, Estado Zulia, que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa N º 1C-7005-06
Exp. Nro 20-F9-1964-00

Notificación que hago a los fines legales consiguientes


ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

FECHA____________FIRMA_____________HORA____________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al Ciudadano GUZMAN ARTEAGA CARLOS JOSE (IMPUTADO), que podrá ser localizado en la calle Principal, casa sin numero, del sector la Quesera, el Chivo, Estado Zulia, que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa N º 1C-7005-06
Exp. Nro 20-F9-1964-00