SAN ANTONIO DEL TACHIRA, 22 DE MARZO DE 2006
195º Y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-002088
ASUNTO : SP11-P-2005-002088

Vista la solicitud de fecha 01 de marzo de 2006, realizada por la Abogada Gladis Josefina González Rosales, en su carácter de defensora Pública Penal del acusado NELSÓN ALEXIS BASTIDAS LIZCANO, plenamente identificado en el presente asunto, donde solicita la extensión de las presentaciones del mismo, este Tribunal para decidir observa:

En el escrito en referencia, la defensa expone que a su representado se le está dificultando cumplir con las presentaciones impuestas, requiriendo que de conformidad con lo previsto en el artículo 264 de la ley adjetiva penal le sean ampliadas las presentaciones impuestas a su defendido, sugiriendo que la periodicidad sea de treinta días, todo ello a fin de garantizar el derecho constitucional al Trabajo de su representado.

El Tribunal visto lo manifestado por la referida profesional del derecho, libró en fecha 03-03-2006 oficio Nro. 589 dirigido a la Oficina de Alguacilazgo, solicitando record de presentaciones, cuya respuesta se recibió en fecha 07-03-2006 en donde informa que el imputado se ha presentado en fechas 24-01-2006, 31-01-2006, 09-02-2006, 14-02-2006 y 01-03-2006, lo que evidencia que efectivamente éste ha dado cumplimiento cabal al régimen impuesto, considerando quien decide que lo ajustado a derecho en el presente caso es reconsiderar las presentaciones a las que se encuentra sometido el referido ciudadano, en consecuencia acuerda que las mismas sean efectuadas una vez cada mes, manteniéndose el resto de las condiciones impuestas en la decisión mediante la cual se le otorgó medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad en su oportunidad, y así se decide.

En mérito de lo anterior este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE:

ÚNICO: Amplía la periodicidad en las presentaciones a las cuales se encuentra sometido el acusado NELSÓN ALEXIS BASTIDAS LIZCANO, acordándose que a partir de la presente fecha, sean efectuadas ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, UNA VEZ CADA MES, manteniéndose el resto de las condiciones impuestas en la decisión mediante la cual se le otorgó medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad en su oportunidad, ello de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase. Notifíquese a las partes. Líbrese oficio a la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión.






ABG. CLEOPATRA DEL VALLE AVGERINOS PINEDA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL




ABOG. GEIBBY DEL VALLE GARABAN OLIVARES
SECRETARIA