REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
Por todos los argumentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: SIN LUGAR, la solicitud de Revisión de Medida solicitada por la DRA. SOR ESTHER BAZAN, en su carácter de Defensora Pública Penal del imputado LUGO JULIO CESAR, portador de la cédula de identidad N° V-17.743.183, nacionalidad: venezolano, edad: 23 años; profesión u oficio: obrero. Lugar de trabajo: Hacienda Los Hermanos Castillos, en San Juan de Los Morros, domicilio: La Matica, sector vuelta larga, San Corniel, subiendo las escaleras, frente a la mata de mango, casa sin número, (donde dan la vuelta los autobuses). Teléfono: no tiene, estado civil: soltero, fecha de nacimiento: 19-08-82, padres: Aída Felicita Lugo (v) y padre desconocido y se mantienen las medidas cautelares sustitutivas previstas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal numerales 3, 5 y 8.-
Publíquese, Regístrese, Diarícese y notifíquese a las partes la presente decisión.
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL
IRIS MORANTE HERNANDEZ
LA SECRETARIA
ABG. EDDA IBELIS SAEZ
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
IMH/EIS/jpc.-
Causa N° 1C-1123-06