REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO LOS TEQUES
Los Teques, 29 de Marzo de 2006
195° y 146°
2M-004/05
JUEZ: YANETT RODRIGUEZ CARVALHO
SECRETARIA: EILYN CAROLINA CAÑIZALEZ
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
FISCAL: Dra. YOSELINA FERNÁNDEZ LÓPEZ, Fiscal Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques.
VICTIMA: FABRICA DE COLCHONES CONFORT.
ACUSADOS: JOSE FRANCISCO BARBUZANO RIOS, ENDERSON EDGARDO LANDAETA CHAVEZ, FELIX ALEXIS RANGEL RAMOS, JOSE FRANCISCO ALVARADO y ANGEL ENRIQUE ARAQUE ROA, titulares de las cédulas de identidad personales números V-13.802.519, V-15.118.762, V-10.350.868, V-08.779.827 y V-14.022.860, respectivamente.
DEFENSA: Dres. ADRIANA RODRIGUEZ PIMENTEL y MANUEL MACHADO BOLIVAR, ejerciendo la primera la defensa de los ciudadanos JOSE FRANCISCO ALVARADO y ANGEL ENRIQUE ARAQUE ROA, y el segundo la defensa de los restantes encausados, ciudadanos JOSE FRANCISCO BARBUZANO RIOS, ENDERSON EDGARDO LANDAETA CHAVEZ, FELIX ALEXIS RANGEL RAMOS.
DELITO: APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previstos y sancionados en los artículos 468 y 470 ambos del Código Penal.
Siendo la oportunidad legal correspondiente a los fines que en la causa seguida en contra del ciudadano JOSE FRANCISCO BARBUZANO RIOS, ENDERSON EDGARDO LANDAETA CHAVEZ, FELIX ALEXIS RANGEL RAMOS, JOSE FRANCISCO ALVARADO y ANGEL ENRIQUE ARAQUE ROA, titulares de las cédulas de identidad personales números V-13.802.519, V-15.118.762, V-10.350.868, V-08.779.827 y V-14.022.860, respectivamente, tenga lugar la audiencia pública de constitución del Tribunal Mixto a que se contrae la norma del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en la que se resuelve sobre las inhibiciones y recusaciones que pudieran presentarse así como acerca de los impedimentos y excusas de las personas seleccionadas por sorteo para actuar como escabinos, a tales efectos y con las formalidades de ley se constituyó en la sala número 01 ubicada en el segundo piso del Palacio de Justicia el Tribunal de primera instancia en función de juicio, No. 02, presidido por la Dra. YANETT RODRIGUEZ CARVALHO, Juez de primera instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, estando presentes la secretaria, abogada EILYN CAROLINA CAÑIZALEZ, y el alguacil de sala, ciudadano RODOLFO CHACON, siendo que a continuación se procedió a verificar la presencia de las partes y demás personas de asistencia necesaria para la realización del acto, constatándose encontrarse presentes respecto de las partes, la Dra. YOSELINA FERNANDEZ LOPEZ, Fiscal Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, los acusados, ciudadanos JOSE FRANCISCO BARBUZANO RIOS, ENDERSON EDGARDO LANDAETA CHAVEZ, FELIX ALEXIS RANGEL RAMOS, JOSE FRANCISCO ALVARADO y ANGEL ENRIQUE ARAQUE ROA, así como los profesionales del derecho ADRIANA RODRIGUEZ PIMENTEL y MANUEL MACHADO BOLIVAR, encontrándose ausentes la víctima, así como persona o personas seleccionadas por sorteo para actuar como escabinos y que fueran convocadas, verificándose que respecto de los ciudadanos JAVIER OSWALDO ROSALES SANCHEZ y CARLOS ENRIQUE GUILLEN GARCIA, se acordó en esta misma fecha su exclusión para actuar como escabinos en la presente causa en atención a ser el primero de los mencionados escabino titular en causa signada con la nomenclatura 3M-952/05 del Tribunal Tercero de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, y el segundo de ellos por ser profesional del derecho inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 93.651, lo cual fue debidamente corroborado por la secretaria de este Juzgado previa llamada que efectuare al mencionado Instituto.
Así la constatación realizada y siendo que se observa en cuanto a las personas de los ciudadanos JAVIER OSWALDO ROSALES SANCHEZ y CARLOS ENRIQUE GUILLEN GARCIA, circunstancia que no hacen posible el desempeño de los mismos como escabinos en el conocimiento de la presente causa, restando únicamente la persona de la ciudadana CLARA ESPERANZA MERO CHOROU a los efectos indicados.
Ahora bien, en justa correspondencia con las circunstancias referidas ut supra y siendo obligación de todo juez de la República asegurar la integridad de la Carta Magna, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico, estableciendo ésta entre sus garantías la Justicia expedita, sin dilaciones indebidas, lo cual igualmente ampara el legislador patrio en el artículo primero del texto adjetivo penal vigente, advirtiendo esta juzgadora en el caso in concreto la imposibilidad que se presenta de constituir el Tribunal mixto que habrá de conocer del asunto seguido a los ciudadanos JOSE FRANCISCO BARBUZANO RIOS, ENDERSON EDGARDO LANDAETA CHAVEZ, FELIX ALEXIS RANGEL RAMOS, JOSE FRANCISCO ALVARADO y ANGEL ENRIQUE ARAQUE ROA, con las personas seleccionadas a desempeñarse como escabinos en el sorteo efectuado el día veintitrés (23) de Noviembre del año dos mil cinco (2005), por resultar procedente y conforme a derecho de acuerdo a la norma del artículo 158 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda realizar un sorteo extraordinario de selección de escabinos, quedando fijada como oportunidad para su verificación el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil seis (2006) a las once horas con treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), ello en aras de evitar demoras en el proceso, así mismo, continúa considerando el Tribunal a los efectos indicados la participación de la ciudadana CLARA ESPERANZA MERO CHOROU. Quedan las partes asistentes debidamente notificadas del acto acordado así como de la data precisada para llevarse a cabo el mismo. Líbrese boleta de citación a la víctima. Así mismo, a efectos de verificarse el sorteo en la fecha y hora indicados deberá informarse de ello a la Oficina de Participación Ciudadana, en la persona de su jefa, Licenciada EVELYN BELLO.
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas este Tribunal de primera instancia en función de juicio, No. 02, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: ÚNICO: Atendidas las circunstancias particulares del caso in concreto que denotan imposibilidad de integrarse el Tribunal Mixto que conocerá de la causa seguida en contra de los ciudadanos JOSE FRANCISCO BARBUZANO RIOS, ENDERSON EDGARDO LANDAETA CHAVEZ, FELIX ALEXIS RANGEL RAMOS, JOSE FRANCISCO ALVARADO y ANGEL ENRIQUE ARAQUE ROA, titulares de las cédulas de identidad personales números V-13.802.519, V-15.118.762, V-10.350.868, V-08.779.827 y V-14.022.860, respectivamente, con la lista de escabinos seleccionados en sorteo realizado el día veintitrés (23) de Noviembre del año dos mil cinco (2005), en aras de la vigencia del imperativo constitucional de una Justicia expedita, sin dilaciones indebidas y de conformidad con el artículo 158 del Código Orgánico Procesal Penal se decide efectuar SORTEO EXTRAORDINARIO DE SELECCIÓN DE CIUDADANOS PARA ACTUAR COMO ESCABINOS, fijándose como oportunidad para su verificación el día lunes veinticuatro (24) de abril del año dos mil seis (2006) a las once horas con treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), evitando así mayor demora en el proceso.
Publíquese, regístrese, déjese copia autorizada del presente pronunciamiento, asiéntese en el Libro Diario, líbrense boleta y oficio correspondiente.
LA JUEZ
YANETT RODRÍGUEZ CARVALHO
LA SECRETARIA
Abg. EILYN CAROLINA CAÑIZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, librándose boleta de notificación al representante legal de la Empresa y Fábrica de colchones Confort, y oficio signado 179/2006 con destino a la Oficina de Participación Ciudadana, todo lo cual certifico.
LA SECRETARIA
Abg. EILYN CAROLINA CAÑIZALEZ
YRC/yrc*
Causa Nro. 2M-004-05
* Cinco (05) folios. Fecha 29-03-2006
Acusado: José Francisco Barbuzano Ríos y otros
Asunto: Sorteo Extraordinario
Sin enmiendas