REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES

Los Teques, 06 de Marzo de 2.006.

195º Y 147º

Debidamente impuesto como ha quedado el sancionado IDENTIFICACION OMITIDA, al cumplimiento de las medidas de Reglas de Conducta, Libertad Asistida y Servicios a la Comunidad, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control de esta Sección de Adolescente del Estado Miranda. Vista la comunicación No. 068, emanado del Servicio de Libertad Asistida del Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y a la Adolescencia del Estado Miranda, de fecha 09/01/2006, este Tribunal, observa:

Que el sancionado IDENTIFICACION OMITIDA, inicio el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida, a partir del día 20/12/2005, hasta el día de hoy, han transcurrido DOS (02) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS, y sentenciado como fue a cumplir la medida de LIBERTAD ASISTIDA por un lapso de tiempo de DOS (02) AÑOS, se observa que les falta por cumplir el tiempo de UN AÑO (01), NUEVE (09) MESES y CATORCE (14) DIA, medida que culminará el día 20/12/2007.

En cuanto a las medidas de Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad que le fue impuesta este Tribunal realizara el cómputo respectivo una vez conste en autos el cumplimiento de las mismas.

Queda este Tribunal encargado de controlar y vigilar el cumplimiento de las medidas impuestas a los sancionados, velar por su cumplimiento y por el respeto de los derechos que le asisten durante la ejecución de la misma, pudiendo revisarlas para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 630, 631, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

Notifíquese del presente cómputo a las partes, en consecuencia, líbrese Boleta de Citación al joven adulto, para el día jueves 16/03/2006, a las 10:00 a.m. Líbrense Boletas de Notificación a la Defensa y a la Representante del Ministerio Público. Ofíciese a Libertad Asistida, informando sobre el contenido del presente cómputo. Cúmplase.-
La Juez.,

NEYDA JOSEFINA CAÑIZALEZ P.


La Secretaria.,

GINETH OUTUMURO PULIDO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-
La Secretaria.,

GINETH OUTUMURO PULIDO


NJCP/Gop
Act.1E-497/05