REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO


DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA DE LA DETENCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO de conformidad con los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, para los imputados: JESUS MARIA CHACON ROJAS y SIMON ENRIQUE ROLDAN HURTADO MOLINA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.193.581 y 14.729.944, respectivamente y en consecuencia LA LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN. CUMPLASE.
EL JUEZ


DR. MIGUEL JOSE VILLARROEL

LA SECRETARIA


ABG. YNES VARGAS



En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

LA SECRETARIA



ABG. YNES VARGAS

ACT. N° 1C03-081/06
MJV