REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda (Extensión Barlovento), administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad que le confiere la ley ACUERDA OTORGAR Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano THOMAS ENRIQUE VASQUEZ MARQUEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.887.825, domiciliado en Guatire Barrio Sojo, calle Principal, casa s/n frente a la Escuela Vicente Emilio Sojo, Municipio Zamora, del Estado Miranda, todo de conformidad a lo previsto en el artículo 250, en relación con el artículo 256 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal y ASI SE DECIDE. Líbrese Boleta de Traslado a los fines de imponer al imputado de la presente decisión y de las condiciones impuestas. Notifíquese a las partes, diarícese, regístrese, publiquese.-
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA. ELIADE M. ISTURIZ P.
LA SECRETARIA
ABG. KARLA SANTIN
ACT. 2C-00667-06