REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN GUATÍRE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
CON SEDE EN GUARENAS.

TRIBUNAL DE EJECUCION

Guarenas, 14 de Marzo del año 2.006
195º y 147°

CAUSA N ° 1E 280-04

JOVEN ADULTO: IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS

FISCAL DECIMO OCTAVO ESPECIAL: DR. OMAR FRANCISCO JIMENEZ

DEFENSA PRIVADA: DRA. ZORAIDA RODRIGUEZ PASTRANO

DELITO: ROBO AGRAVADO

SANCIÓN: PRIVACIÓN DE LIBERTAD.


Al Joven Adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Dictó Sentencia en su contra en fecha 09 de Febrero de 2.004, en la cual le impuso Sanción Privativa de Libertad por Un (01) año y una vez culminada la misma deberá cumplir Un (01) año de Libertad Asistida.
En fecha 23 de Marzo de 2.003, el Joven Adulto in comento fue impuesto de la Sanción de Privación de Libertad que le fuera dictada en su contra y en presencia de las partes se le indicó el Lugar donde debería permanecer ingresado cumpliendo la misma, así como del correspondiente computo.
Desde el 04 de Enero del año 2004, el Joven Adulto in comento estuvo privado de su libertad pero posteriormente el día 14 de Abril de 2.004, el Joven Adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, se Fugó del Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia del Estado Miranda, SEPINAMI, específicamente del Centro de Privación de libertad “Francisco de Miranda” N° 2 con sede en Los Teques, ante lo cual se libraron las correspondientes ordenes de localización, captura e ingreso a dicha Institución.

En fecha 23 de Febrero de 2006, el Joven in comento compareció ante la sede de este Tribunal de Ejecución en compañía de su Abogada la Defensora Privada DRA. ZORAYDA RODRIGUEZ PASTRANO y se entregó, poniéndose a la orden de este Juzgado.
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución procede a practicar Nuevo Computo de los días en que el joven adulto IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES, permanecerá Privado de su libertad en el Servicio de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia del Estado Miranda, C.P.L N° 01 con sede en los Teques, a la orden de este Despacho, de conformidad con lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual se aplica por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y por cuanto el joven adulto in comento, desde el momento en que se evadió del Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia del Estado Miranda, SEPINAMI, con sede en Los Teques, le quedaban por cumplir Ocho (08) meses y Veinte (20) días de la Sanción Impuesta y dado que se puso a derecho ante este Juzgado nuevamente en fecha 23 de Febrero de 2.006, el mismo deberá permanecer cumpliendo Sanción Privativa de libertad hasta el día 12 de Noviembre de 2.006, inclusive, en el Servicio de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia (SEPINAMI), C.P.L. N° 01, con sede en Los Teques, del Estado Miranda. Se ordena librar las correspondientes Boletas de Notificación a las partes. Líbrese Boletas de Notificación. Así mismo, se ordena librar oficio al SEPINAMI a fin de informarles sobre el presente cómputo del Joven Adulto in comento, quien culminará su sanción el Día 12 de Noviembre de 2006.- Cúmplase.-
EL JUEZ DE EJECUCIÓN

DR. WILFREDO VARGAS SERRANO
EL SECRETARIO

Abg. MARCO GARCÍA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
EL SECRETARIO

Abg. MARCO GARCÍA

ACT N° 1E-208-04
WVS/MG.-