REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES




LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES

195º y 147º



Vista la transacción anterior de fecha 08 de los corrientes, celebrada por la abogada en ejercicio MAOLY BELISARIO TOVAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 118.218, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, Sociedad de Comercio ABRES DE VENEZULEA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 20 de abril de 1978, bajo el N° 06, Tomo 60-A-Sgdo, y reformados sus estatutos según Acta General Extraordinaria de Accionistas en fecha 20 de mayo de 1999, quedando bajo el N° 65, Tomo 273-A-Cto; y por la otra las abogadas en ejercicio CELSA CAROLINA DEL VALLE ROMERO PACHECO y YOLEIDA DIAZ OLIVEROS, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 50.600 y 67.514 respectivamente, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte demandante Sociedad de Comercio INVERSIONES ARCO METAL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, en fecha 05 de octubre de 1995, bajo el N° 17, Tomo 307-A-PRO, en el juicio que por INTIMACION, el Tribunal DISPONE: Por cuanto observa que la TRANSACCION JUDICIAL suscrita entre la parte actora y la demandada en el presente juicio, no versa sobre materia en la cual no está prohibida la transacción le imparte su aprobación y en consecuencia HOMOLOGA dicha transacción en los mismos términos expuestos entre las partes, todo de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. En cuanto a la suspensión de la Medida decretada, este Tribunal proveerá en el cuaderno respectivo.
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

MJFT/lisbeth
EXP. N° 12732