LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES

195º y 147º


SOLICITANTE: GONZALEZ COROMOTO, venezolana, mayor de edad.

ABOGADA ASISTENTE: LISSETT TREJO MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N ° 99.309.

EXPEDIENTE: Nº 14580


CAPITULO I
NARRATIVA

En fecha 01 de julio del 2004, se recibió por el sistema de distribución de causas, solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento, presentada por la ciudadana COROMOTO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad y de este domicilio, debidamente asistido por la abogada en ejercicio LISSETT TREJO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N ° 99.309., quien manifestó que nació el día 09 de marzo de 1981, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de Caracas, siendo hija de la ciudadana LUISA GONZALEZ. Según se evidencia en Tarjeta de Nacimiento, emitida por la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas Maternidad “Concepción Palacios”, de la constancia de la no presentación, emitida por la Prefectura del Municipio Urdaneta , del Estado Miranda, y la experticia en las huellas dactilares y podogramas reseñados en la historia médica N° 46.372, con motivo del nacimiento de la niña, en fecha 09-03-1981, practicada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas. División de Lofoscopia, de fecha 11 de abril de 2005, y se acompaña en dicha solicitud.
En fecha 12 de julio de 2004, mediante auto este Tribunal admitió dicha solicitud, ordenándose notificar a la Fiscal del Ministerio Público, a fin de que actuara en el procedimiento como parte de buena fe.
En fecha 06 de octubre de 2004, se libró Boleta de Notificación a la Fiscal Undécima del Ministerio Público.
En fecha 19 de octubre de 2004, la Fiscal del Ministerio Público, mediante diligencia, solicitó al Tribunal se sirva oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, a los fines de que realicen experticia en las huellas dactilares y pogogramas reseñados en la historia médica N° 46.372, con motivo del nacimiento de una niña, en fecha 09-03-1981, hija de la ciudadana LUISA GONZALEZ.
En fecha 21 de octubre del 2004, el Tribunal dictó auto mediante el cual se ordeno oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, a los fines de que realicen experticia en las huellas dactilares y pogogramas reseñados en la historia médica N° 46.372, con motivo del nacimiento de una niña, en fecha 09-03-1981, hija de la ciudadana LUISA GONZALEZ. Se libró oficio N° 0855-1837.
En fecha 02 de mayo del 2005, el Tribunal dictó auto mediante el cual se le dio entrada al oficio preveniente del Ministerio de Política Interior y Seguridad, Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas. División de Lofoscopia.
En fecha 08 de marzo del 2006, este tribunal dictó auto mediante el cual se ordenó librar boleta de notificación a la Fiscal Undécimo del Ministerio Público, abogada NELIDA VILLORIA, a fin de informarle de la consignación de las resultas de la experticia solicitada por esa representación Fiscal.
En fecha 11 de abril del 2006, compareció por ante este Juzgado la abogada NELIDA VILLORIA MONTENEGRO, en su carácter de Fiscal Undécimo del Ministerio Público, y mediante diligencia manifestó al Tribunal no tener objeción que formular en la solicitud de Inserción.

CAPITULO II
MOTIVA
El Tribunal en virtud de que con las pruebas aportadas a los autos, se encuentra suficientemente comprobada la solicitud, en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara procedente la solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana: GONZALEZ COROMOTO.
CAPITULO III
DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 768 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana GONZALEZ COROMOTO, quien nació el día 09 de marzo de 1981, en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, hija de la ciudadana LUISA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.996.782, en consecuencia se ordena al Registro Civil y Electoral, Alcaldía del Municipio Rafael Urdaneta del Estado Miranda, tomar nota de la presente sentencia, todo de conformidad con el artículo 506 del Código de Civil, para lo cual se ordena librar el correspondiente oficio anexándosele copia certificada de la presente decisión al despacho respectivo.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas necesarias, y remítase junto con oficio al despacho respectivo.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado segundo de primera instancia en lo civil, mercantil y del transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los tres (03) días del mes de mayo de dos mil seis (2006).- Año 195° de la Independencia y 147° de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,


DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.

LA SECRETARIA.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES




En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia previo anuncio de ley, siendo las 11:00 a.m.
LA SECRETARIA .,


ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

MJFT/yza.
EXP. N° 14580