REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
San Antonio del Táchira, 26 de Mayo de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2006-001169
ASUNTO : SP11-P-2006-001169
Visto el escrito presentado por la Abg. MARIA TERESA OCHOA, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Vigésima Quinta del Ministerio Público, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS, en perjuicio del ciudadano DANIEL ALEJANDRO FERREIRA CARREÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.492.095, Artículo 318 Primer supuesto del Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.
El Tribunal para decidir observa:
DE LOS HECHOS
En fecha Diez (10) de Junio de 2004, siendo aproximadamente la 3:00 p.m., se presento ante la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub. Delegación Rubio, la ciudadana CARMEN CECILIA CARREÑO DE FERREIRA, titular de la cédula de identidad Nº V-5.742.018, residenciada en los hornos II, vereda II, Nro. 10-054, la Palmita, Rubio, Estado Táchira, denunciando que su hijo DANIEL ALEJANDRO FERREIRA, había salido de su casa el día 6 de junio de 2004, desconociendo su destino.
ACTUACIONES
-Acta de investigación penal, de fecha 13/06/2004, suscrita por el funcionario YAJAIRA VELAZCO, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Rubio, en la que se deja constancia que se presento de manera espontánea la ciudadana CARMEN CECILIA CARREÑO DE FERREIRA, ya identificada, quien manifiesta que su hijo DANIEL ALEJANDRO FERREIRA CARREÑO, quien había denunciado como desaparecido, se encontraba en el despacho por cuanto el mismo había permanecido en el Batallón de Infantería Carabobo en la localidad de Vega de Aza, prestando igualmente constancia de salida emitida por la Brigada de Infantería.
-Acta de entrevista de fecha 17 de Junio de 2004, rendida por el ciudadano DANIEL ALEJANDRO FERREIRA CARREÑO, en la que manifiesta que el día 6 de Junio de 2004, había salido de su casa con destino a prestar servicio militar, no avisando acerca de su decisión por cuanto sus padres no se lo permitían.
Ahora bien, analizadas como han sido las actas que conforman la presente causa, concluye quien aquí decide que el hecho investigado a pesar de haber ocurrido, no esta tipificado en la Ley como delito, por lo que este Tribunal considera procedente decretar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de PERSONAS POR IDENTIFICAR, en perjuicio del ciudadano DANIEL ALEJANDRO FERREIRA CARREÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.492.095, en el Artículo 318 Primer supuesto del Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.
Siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así decide:
Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente Causa a favor de PERSONAS DESCONOCIDAS, en perjuicio del ciudadano DANIEL ALEJANDRO FERREIRA CARREÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.492.095, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Primer supuesto del Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.
Abg. CLEOPATRA DEL VALLE AVGERINOS PINEDA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
Abg. ISRAEL RINCON ROMERO
El Secretario