REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Los Teques, 05-05-06
195º y 146º

EXPEDIENTE Nº 5088-06
PONENTE: DRA. MARINA OJEDA BRICEÑO

Corresponde a esta Sala decidir acerca de la admisibilidad del Recurso de Revisión solicitado de oficio por la Juez Segunda de Primera Instancia en funciones de Ejecución, Dra. NANCY MARINA BASTIDAS, a favor del ciudadano OROPEZA GRIMAN EUSEBIO ANTONIO, en virtud de la Sentencia Condenatoria emanada del extinto Juzgado Superior Primero Accidental en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en los Teques, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional CONDENÓ al mencionado acusado a cumplir la pena de VEINTIUN (21) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, por ser autor responsable en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, y HURTO CALIFICADO CON DESTREZA, previsto y sancionado en el artículo 454 numeral 4°, ejúsdem.-

DE LA ADMISIBILIDAD
El recurso referido fue ejercido con fundamento en el artículo 470 numeral 6° del Código Orgánico Procesal Penal, teniendo legitimación conforme al artículo 471 numeral 6° ejusdem y no incursos en causal de inadmisibilidad alguna de las taxativamente previstas en el artículo 437 ibidem.

Por cuanto el Recurso de apelación in commento fue interpuesto fundamentado en causas legalmente preestablecidas, dentro del término legal y no ser evidentemente inadmisible, se ADMITE y ASÍ SE DECLARA.-

A los fines de dar cumplimiento con la Audiencia Oral a que se contrae los artículos 455 y 456 del Código Orgánico Procesal Penal, se fijará oportunidad dentro de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que sea notificada la última de las partes.-

DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Se ADMITE el Recurso de Revisión solicitado de oficio por la Juez Segunda de Primera Instancia en funciones de Ejecución, Dra. NANCY MARINA BASTIDAS, a favor del ciudadano OROPEZA GRIMAN EUSEBIO ANTONIO, en virtud de la Sentencia Condenatoria emanada del extinto Juzgado Superior Primero Accidental en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en los Teques, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional CONDENÓ al mencionado acusado a cumplir la pena de VEINTIUN (21) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, por ser autor responsable en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, y HURTO CALIFICADO CON DESTREZA, previsto y sancionado en el artículo 454 numeral 4°, ejúsdem.-
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada y notifíquese a las partes.

JUEZ PRESIDENTE,

Dra. JOSEFINA MELENDEZ VILLEGAS

LA JUEZ PONENTE

Dra. MARINA OJEDA BRICEÑO
EL JUEZ

Dr. LUIS ARMANDO GUEVARA RISQUEZ

LA SECRETARIA

Abg. IDANIA MELENDEZ FIGUEREDO

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

LA SECRETARIA

Abg. IDANIA MELENDEZ FIGUEREDO

MOB/meja*.-
CAUSA Nº 5088-06