REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Los Teques, 05 de mayo de 2006.
195º y 146º

EXPEDIENTE Nº 5094-06
PONENTE: DRA. MARINA OJEDA BRICEÑO

Corresponde a esta Sala decidir acerca de la admisibilidad del Recurso de Revisión solicitado de oficio por la Juez Segunda de Primera Instancia en funciones de Ejecución, Dra. NANCY MARINA BASTIDAS, a favor del ciudadano TOVAR PAEZ JOSE MANUEL, en virtud de la Sentencia Condenatoria emanada del extinto Juzgado Superior Cuarto Accidental del Tribunal Superior Primero en lo Penal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Los Teques, de fecha 04 de marzo de 1999, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional CONDENÓ al mencionado ciudadano a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por ser autor responsable en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal derogado.-

DE LA ADMISIBILIDAD
El recurso referido fue ejercido con fundamento en el artículo 470 numeral 6° del Código Orgánico Procesal Penal, teniendo legitimación conforme al artículo 471 numeral 6° ejusdem y por cuanto no se encuentra en causal de inadmisibilidad alguna de las taxativamente previstas en el artículo 437 ibidem. SE ADMITE Y ASI SE DECLARA.

A los fines de dar cumplimiento con la Audiencia Oral a que se contrae los artículos 455 y 456 del Código Orgánico Procesal Penal, se fijara oportunidad dentro de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que sea notificada la última de las partes.-

DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Se ADMITE el Recurso de Revisión solicitado de oficio por la Juez Segunda de Primera Instancia en funciones de Ejecución, Dra. NANCY MARINA BASTIDAS, a favor del ciudadano TOVAR PAEZ JOSE MANUEL, en virtud de la Sentencia Condenatoria emanada del extinto Juzgado Superior Cuarto Accidental del Tribunal Superior Primero en lo Penal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Los Teques, de fecha 04 de marzo de 1999, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional CONDENÓ al mencionado ciudadano a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por ser autor responsable en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal derogado.-

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada y notifíquese a las partes.

JUEZ PRESIDENTE,

Dra. JOSEFINA MELENDEZ VILLEGAS

LA JUEZ PONENTE

Dra. MARINA OJEDA BRICEÑO


EL JUEZ

Dr. LUIS ARMANDO GUEVARA RISQUEZ

LA SECRETARIA

Abg. IDANIA MELENDEZ FIGUEREDO

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

LA SECRETARIA

Abg. IDANIA MELENDEZ FIGUEREDO

MOB/meja*.-
CAUSA Nº 5094-06