REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: NIEGA la solicitud de la defensa de nulidad de las actuaciones, asimismo el otorgamiento de las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad al imputado BALZA QUINTERO FRANKLIN MANUEL, nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, de estado civil soltero, nacido en fecha 24/04/1986, de 19 años de edad, de profesión u oficio ; Obrero, nombres de sus padres: MARTA BALZA (V) Y FREDDY BALZA (V), Residenciado en: Residencias Ayacucho, piso 06, apartamento N°42, frente a las Residencias Savil, Los Teques Estado ,Miranda, trabajando actualmente en el Centro Empresarial Don Bosco en la Avenida Francisco de Fajardo, en Pronas Empresas de Computación, teléfono de mi hermano DORIA BALZA 04143235423 y titular de la Cédula de Identidad N° 16.902.984, y se acuerda mantener la Medida Judicial de Privación de libertad decretada por este Tribunal en fecha 9 de abril de 2006, de conformidad con lo establecido en losl artículos, 190, 191,264 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes del presente fallo.-

LA JUEZ DE CONTROL N° 4

Dra. ZULAY GOMEZ MORALES
La Secretaria

Abg. VALENTINA ZABALA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
La Secretaria


Abg. VALENTINA ZABALA






ZGM/VZ/zgm
Causa: 4C-1431-06