REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 17 de Mayo de 2006
195° y 147°


JUEZ: DRA. HERMINIA BRAVO FREITES

FISCAL: DR. ORLANDO PADRON, Fiscal Tercero del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques.

VICTIMA: MORELIA BUSTAMANTE

IMPUTADO: SOCIEDAD MERCANTIL HIDROPONIAS VENEZOLAS C.A

DEFENSOR PRIVADO: ABG. RUTH YAJAIRA MORANTE HERNANDEZ Y JUAN CARLOS MORANTE HERNANDEZ

SECRETARIA: ABG. ZORAIDA MOLINA

Causa Nro. 5CS O56-06

Visto el desistimiento de la solicitud del Acuerdo Reparatorio presentado por la ciudadana MORELIA BUSTAMANTE, en su carácter de víctima en la causa seguida en contra de SOCIEDAD MERCANTIL HIDROPONIAS VENEZOLAS C.A, por ante este Tribunal en fecha 09-5-06, en comparecencia realizada con motivo de la Audiencia Oral fijada para esta fecha y en la que expuso lo siguiente.

Vista la Negativa de la Sociedad Mercantil Hidroponías de Venezuela, la cual se encuentra debidamente notificada para la celebración de la audiencia pactada para el díada hoy, y visto que la misma no tiene interés manifiesto en llegar a un Acuerdo Reparatorio con mi patrocinada y reservándome en forma expresa las acciones civiles y penales a que haya lugar, Desisto de la solicitud formal por ante este honorable Tribunal de Control y muy respetuosamente solicito Copia Certificada de la presente solicitud.

Por lo que, en virtud de lo manifestado, por los ciudadanos ABG. RUTH YAJAIRA MORANTE HERNANDEZ Y JUAN CARLOS MORANTE HERNANDEZ, en su carácter de defensores privados de la ciudadana MORELIA BUSTAMANTE, del desistimiento de llegar a un Acuerdo Reparatorio con la Sociedad Mercantil Hidroponías de Venezuela, este Tribunal acuerda notificar a la SOCIEDAD MERCANTIL HIDROPONIAS VENEZOLAS C.A, de dicho desistimiento, así mismo ordena las copias certificadas solicitadas por los ciudadanos ABG. RUTH YAJAIRA MORANTE HERNANDEZ Y JUAN CARLOS MORANTE HERNANDEZ, en su carácter de defensores privados de la ciudadana MORELIA BUSTAMANTE y la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques. Y ASÍ SE DECIDE.
Diarícese, Notifíquese, Guárdese copia y Remítase. Cúmplase.
LA JUEZ


HERMINIA BRAVO DE FREITES

LA SECRETARIA


ZORAIDA MOLINA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo aquí acordado

LA SECRETARIA
5CS 056-06
HBF/hb