REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 24 de mayo de 2006.-
196° y 147°

Juez Unipersonal: Dr. Ricardo Rangel Avilés
Fiscal Primero del Ministerio Público: Dra. Martín Bracho Guardia.-
Defensora Pública Penal: Dra. Mirna Yépez.-
Imputado: GARCIA MOLINA YANDRO ALEXANDER.-
Secretaria: Abg. Ingrid Carolina Moreno.-
Delito: Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 4° del Código Penal Venezolano.-

DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad que le fue otorgada por este Tribunal al ciudadano GARCIA MOLINA YANDRO ALEXANDER, Venezolano, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.119.354, de estado civil soltero, nacido en fecha 17/09/1970, residenciado en Sector El Cabotaje, Residencias Miracielos, Torre B, planta baja, apto. 1-B, Los Teques, Estado Miranda, en fecha 28/02/2004, y en su lugar se decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad; de conformidad con establecido en los artículos 250, 251 numeral 4 y parágrafo segundo y 262 numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se ordena su inmediata reclusión en el Internado Judicial de Los Teques.-
Líbrese la correspondiente boleta de encarcelación y remítase con oficio a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas con sede en la ciudad de Caracas.-
Notifíquense a las partes conforme al contenido del artículo 175 en su único aparte de nuestra norma adjetiva penal.-
El juez

Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria

Abg. Ingrid Carolina Moreno
Seguidamente cedió cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
La Secretaria

Abg. Ingrid Carolina Moreno
RRA/IM/yula.-