REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN BARLOVENTO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRC UITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
EXTENSIÓN BARLOVENTO
Guarenas, 10 de Mayo de 2006
194° y 145°
CAUSA: 2E- 1408-01.-
PENADO: NERYS ORLANDO GARCIA MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 6. 422.467.
Cursa a los folios 43 al 45 de la Pieza 2 del expediente, decisión dictada por este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal con funciones de Ejecución, en 01 de Agosto de 2005, mediante la cual declaro extinguida por cumplimiento la pena principal de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION que le había sido impuesta al ciudadano NERYS ORLANDO GARCIA MARTINEZ y ordeno el cumplimiento de la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad por un lapso de NUEVE (09) MESES Y SEIS (06) DÍAS, de conformidad con el artículo 16 del Código Penal.
Ahora bien de la revisión de la decisión mediante la cual se ordeno el cumplimiento de la pena accesoria a la que había sido condenado el penado de autos, se evidencia que en la misma se estableció que el lapso de duración de dicha pena de apercibimiento era de NUEVE (09) MESES y SEIS (06) DÍAS, lapso que a la presente fecha, ha expirado en exceso. En consecuencia habiéndose cumplido en su totalidad la pena accesoria a la pena de prisión que le fue impuesta al ciudadano: NERYS ORLANDO GARCIA MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 6. 422.467, lo procedente y ajustado a derecho es decretar su LIBERTAD PLENA y ordenar la remisión de las presentes actuaciones al Archivo Judicial, de conformidad con el artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECLARA EXPRESAMENTE-
DISPOSITIVA
En virtud del razonamiento anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1°) DECLARA EXTINGUIDA POR CUMPLIMIENTO la pena accesoria de Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad, que le fue impuesta al ciudadano NERYS ORLANDO GARCIA MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 6. 422.467, en virtud de haber expirado en su totalidad el lapso de tiempo establecido por el Tribunal para el cumplimiento de la misma, de conformidad con el 16 del Código Penal en relación al artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.
2°) SE DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano NERYS ORLANDO GARCIA MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 6. 422.467, en la presente causa, de conformidad con el artículo 479, ordinal 1ª del Código Orgánico Procesal Penal.
3º) Ordena la remisión de las presentes actuaciones al Archivo Judicial de este Circuito Judicial, para su debido archivo y cuido, una vez que quede definitivamente firme la presente decisión.
Regístrese, publíquese, déjese copia y notifíquese lo conducente al Fiscal Décimo del Ministerio Público del Estado Miranda y al defensor. Líbrese boleta de citación al penado. Remítase copia certificada de la presente decisión al Departamento de Vigilancia y ejecución de sanciones penales del Ministerio del Interior y Justicia. Una vez conste en autos las resultas de las notificaciones de las partes y haya quedado definitivamente firme la presente decisión, remítase con oficio el expediente al Archivo Judicial. Cúmplase.-
LA JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
DRA. ITALA DUARTE ORTEGA
LA SECRETARIA,
Abg. KARLA SANTIN
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. KARLA SANTIN
Exp. N° 2E-1408-01
IDO/ido.-.