REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento ORDENA EJECUTAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor de la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le imputo la comisión del delito de: LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana: SUGEY DEL ROSARIO LOPEZ ALFARO, de conformidad con lo establecido en el 582 Literales “c, y g” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo previsto en el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y artículo 7 de la Convención Americana sobre derechos humanos o Pacto de San José, y en tal sentido ACUERDA SU INMEDIATA LIBERTAD. Líbrese boleta de egreso, a nombre de la referida adolescente, dirigida a la Directora del Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia del Estado Miranda.

Regístrese, publíquese, y déjese constancia en el Libro Diario la presente decisión y notifíquese a las partes.
LA JUEZ,

ANA MILENA CHAVARRIA S.
EL SECRETARIO,

MARCO ANTONIO GARCIA.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
EL SECRETARIO,

MARCO ANTONIO GARCIA.



AMCH/MAG.
CAUSA. 1C-927-06.