REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 16 de Mayo de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2006-000905
ASUNTO : MP21-P-2006-000905
JUEZ: NELIDA ACOSTA DE RINCON
FISCAL 16° DEL M.P: OLLANTAY GONZALEZ
IMPUTADO: LUIS ALFREDO MARTINEZ ORTEGA
DEFENSA PUB: MICHELLTATIANA SARMIENTO
SECRETARIO: VERONICA PETER
IDENTIFICACION DEL IMPUTADO
LUIS ALFREDO MARTINEZ ORTEGA, quien es de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.267.143, de 38 años de edad, nacido en fecha 16-10-1967,de estado civil soltero, de profesión u oficio vigilante, residenciado en Urbanización Urbanización Antonio José de Sucre, manzana K-3, casa N° 13, Mume, Cúa, Estado Miranda.
ENUNCIACION DE LOS HECHOS
En fecha 12 de Mayo de 2006, fue celebrada la audiencia oral para oir al ciudadano: LUIS ALFREDO MARTINEZ ORTEGA, donde el Representante del Ministerio Público, le imputó la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo34 de la Orgánica sobre el Tráfico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas ; solicitó la aplicación del procedimiento ordinario y se decretara la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el articulo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Por su parte este Tribunal acordó la aplicación del procedimiento ordinario y decretó la inmediata Libertad del imputado LUIS ALFREDO MARTINEZ ORTEGA.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Igualmente considera este Tribunal tomando en consideración lo establecido en el artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal, que expresan lo siguiente:
Art. 243. Estado de Libertad. Toda persona a quien se le impute participación en un hecho punible permanecerá en libertad durante el proceso, salvo las excepciones establecidas en este Código...”
Ahora bien, revisadas exhaustivamente las actas que conforman la presente investigación, y vista la Precalificación Jurídica dada a los hechos por la Representación Fiscal; siendo que al Fiscal del Ministerio Público le faltan diligencias importantes que realizar a los fines de esclarecer los hechos; este tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es otorgar la libertad sin restricción alguna al referido imputado, por considerar que no hay elementos suficientes para estimar que el mismo es autor del hecho precalificado por la Representación Fiscal. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todo el razonamiento antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la inmediata libertad del ciudadano LUIS ALFREDO MARTINEZ ORTEGA, quien es de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.267.143, de 38 años de edad, nacido en fecha 16-10-1967,de estado civil soltero, de profesión u oficio vigilante, residenciado en Urbanización Urbanización Antonio José de Sucre, manzana K-3, casa N° 13, Mume, Cúa, Estado Miranda. Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía 16° del Ministerio Público, a los fines de continuar la investigación y presentar su acto conclusivo.
Regístrese, Diaricese y remítase junto con oficio al Fiscal 16° del Ministerio Público. CUMPLASE.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA. NELIDA ACOSTA DE RINCON
LA SECRETARIA
ABG. VERONICA PETER
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA
ABG. VERONICA PETER