REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, veintiseis de mayo de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : MP21-P-2005-001055
Visto el escrito interpuesto por la profesional del derecho Dra. TATIANA SARMIENTO, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano OSMAR JESUS ARQUINZONES, ACUSADO en la presente causa; mediante el cual solicita a este Tribunal, la revisión del periodo de presentaciones de su representado y la extensión del mismo por motivos labores y consigna carta de trabajo.
Este Tribunal para decidir observa:
En fecha 09 de junio de 2005, el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 2, impone al ciudadano OSMAR JESUS ARQUINZONES, identificado con Cédula de Identidad N° V- 14.721.561, medida cautelar sustitutiva de libertad, establecida en el artículo 256 numerales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal; numeral 3, presentación ante la oficina de alguacilazgo cada ocho (08) días.
Ahora bien, de la revisión de la presente causa, observa esta Juzgadora, que el acusado OSMAR JESUS ARQUINZONES, se ha venido presentando consecutivamente desde el mes de agosto del 2005, hasta la fecha, tal y como consta en el libro de presentaciones llevado ante la oficina del alguacilazgo. Asimismo, ha comparecido a las audiencias fijadas para la realización del Juicio Oral y Público en la causa seguida en su contra; este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es acordar que se extienda el periodo de presentaciones una vez al mes, al ciudadano OSMAR JESUS ARQUINZONES; en virtud de lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se declara.-
DECISIÓN
Con fuerza en la motivación precedente este JUZGADO PRIMERO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda que se extienda el periodo de presentaciones una vez al mes, al ciudadano OSMAR JESUS ARQUINZONES, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.721.561 , impuesto por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal y Sede; en virtud de lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes, conforme al único aparte del Artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.-
LA JUEZ,
DRA. REYNA DAYOUB ELIAS.
LA SECRETARIA
Abg. SORAYA PEREZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. SORAYA PEREZ
RDE/SP