República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
En Su Nombre
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques
Juez Profesional Nº 2
Los Teques, 03 de Mayo del 2.006.
196° y 147°
“Visto”
Las actuaciones que integran el presente expediente, interpuesta por la ciudadana ANDRADE CARVAJAL ZORAIDA ESPERANZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.054.683, debidamente asistida en este acto por la profesional del derecho Abg. Angelucy Tarazona Campos, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 56.293, con motivo de Autorización de Venta, en beneficio de su hija, la adolescente PACHECO ANDRADE ZORAIDA CAROLINA, quince (15) años de edad, en especial la comparecencia que antecede, inserta al folio N° 35 del presente expediente, mediante la cual, el Curador propuesto, ciudadana BETHENCOURT CARVAJAL YRMA ALEJANDRINA, , acepta el cargo planteado, y llenos como se encuentran todos los extremos de Ley, es por lo que esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en la persona de su Juez Profesional N° 2, Dr. Rocco Otello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 270 del Código Civil Venezolano vigente, DISCIERNE el Cargo de CURADOR ESPECIAL de la de la adolescente PACHECO ANDRADE ZORAIDA CAROLINA, en la persona de la ciudadana BETHENCOURT CARVAJAL YRMA ALEJANDRINA, venezolana, de Sesenta y Uno (61) años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-628.250. Y ASÍ SE DECIDE.
Devuélvanse los originales que la parte interesada requiera, dejándose Copia Certificada insertas en autos, previa constancia de las mismas en el Libro Diario llevado por esta Sala de Juicio.-Cúmplase.-
El Juez
Dr. Rocco Otello
La Secretaria
Abog. Beatriz Carolina Girón
Motivo: Autorización de Venta
Solicitud N° S-5314
RO/BG/ycc.-
|