BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, LOS TEQUES.
AÑOS 196° y 147°
EXPEDIENTE No. 879-06
PARTE ACTORA: VERA ROJAS JAIME RAFAEL, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V- 10.486.265.
APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA: ALEXIS OCTAVIO MARIN HERNÁNDEZ abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 81.937.
PARTE DEMANDADA: CONSORCIO CONTUY MEDIO GRUPO “A”, inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 19 de febrero de 1993, bajo el Nº 55, Tomo 2-C.
APODERADOS JUDICIALES
DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL PERAZA DURAN, GUSTAVO MIJARES SALAZAR, GUSTAVO MIJARES A. y RAFAEL MUÑOZ SÁNCHEZ, abogados en ejercicio, inscritos en el I.P.S.A. bajo los números 9.298, 9.377, 67.179 Y 45.658 respectivamente.-
TERCERO CITADO EN
GARANTÍA: SEGUROS GUAYANA, C.A. inscrita en el Registro de Comercio que llevó el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 21 de octubre de 1974, bajo el Nº 768, folio vueltos del 60 al 65
APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE CITADA
EN GARANTÍA: JOHANA JOSEFINA MARTÍNEZ CORBAN, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el número 66.568.
MOTIVO: INHIBICIÓN
PRIMERO
Han subido a esta alzada las presentes actuaciones, en virtud de la inhibición planteada por el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZÁLEZ, en su condición de Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en la demanda incoada por el ciudadano JAIME RAFAEL VERA ROJAS contra la empresa CONSORCIO CONTUY MEDIO GRUPO “A” por accidente de trabajo.
Alega el ciudadano Juez, en su escrito de Inhibición, que se consideró incurso en la causal de inhibición consagrada en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por haber emitido opinión sobre lo principal del pleito, ya que en fecha quince (15) de abril de 2004, declaró Parcialmente Con Lugar la presente demanda, incoada por el ciudadano JAIME RAFAEL VERA ROJAS contra la empresa CONSORCIO CONTUY MEDIO GRUPO “A” por accidente de trabajo, cuando actuó como Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con sede en Charallave.
Observa este Juzgador, que de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la presente Inhibición, solicitada por el Juez ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, se efectuó de forma legal y fundada en causal establecida en el artículo 31, numeral 5º eiusdem. Por lo que deberá este Juzgador, declarar la procedencia de la misma. Así se establece.-
SEGUNDO
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de Inhibición interpuesta por el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZÁLEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en los Teques a los diez (10) días del mes de Noviembre del año 2006. Años: 196° y 147°.-
EL JUEZ SUPERIOR ACCIDENTAL,
RAUL SANTANA BERTI
LA SECRETARIA
KELLY SÁNCHEZ ACEVEDO
Nota: En la misma fecha siendo las 03:30 p.m, se publicó y se registró la anterior sentencia previo el cumplimiento de Ley.
LA SECRETARIA.
RSB/BR/ksa
EXP N° 0879-06
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