REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Santa Teresa del Tuy.

EXPEDIENTE: N° 1164-2005.-

IMPUTADO:
(Identidad omitida), de nacionalidad venezolano, de 17 años de edad y titular de la cédula de identidad N° V-16.812.121.-
VICTIMA:
CLORALT APONTE OSCAR JESUS (OCCISO.-

DELITO:
HOMICIDIO.-

FISCALÍA
DÉCIMA SÉPTIMA (AUXILIAR) DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO MIRANDA, Dr. JORGHE MELENCHON.-

DEFENSORÍA
PÚBLICA DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE DE LOS VALLES DEL TUY, Dra. ROSALNGELA PEREZ.-

Vistos esto autos.-

(I)
NARRATIVA:
La presente averiguación penal se inicia en contra del adolescente ALACALA BONILLA FRANCISCO RAFAELPEDRO ANTONIO, plenamente identificado, por los hechos ocurridos en fecha 18 de octubre del año 2006, con motivo de hechos ocurrido en la cale San Rafael, adyacente a la Plaza Bolívar de la población de Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del Estado Miranda.

En fecha 13 de octubre de 2006, se da por recibidas dichas actuaciones por ante este Juzgado, cumpliendo con el rol de guardia establecido, fijando la audiencia de presentación para el día 13-10-2006, a las 05:00 de la tarde, previas las formalidades de Ley, acordando el Procedimiento Ordinario e imponiéndole la Medida cautelar establecida en el artículo 582 Literal “G” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. En la que consisten en Fianza Personal, debiendo presentar antes este Juzgado Dos Fiadores que en su conjunto sumen la cantidad de Noventa (90) Unidades Tributarias, equivalente a Tres Millones Doscientos Noventa y Cuatro Bolívares y que cumplan los requisitos exigido en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, la representación del Ministerio Público precalifica el delito en HOMICIDIO CALIFICADO; previsto y sancionado en el artículo 406 Numeral Primero del Código Penal.

(I)
MOTIVA:
Ahora bien, en el presente expediente en se recibe escrito de Revisión de Medida, a favor del adolescente ALCALA BONILLA FRANCISCO JAVIER, presentado por la Dra. ROSANGEL PEREZ, EN SU CARÁCTER DE Defensora Pública de Responsabilidad Penal de Adolescente de Los Valles del Tuy con sede en Ocumare del Tuy.-

Así las cosas, en cuanto al escrito presentado por la defensa, este Tribunal considera que por tratarse del delito grave, el cual es el HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 Numeral Primero del Código Penal, donde aparece como victima el ciudadano CLORALT APONTE OSCAR JESUS, delito éste que se encuentra enmarcado en el articulo 628 Parágrafo Segundo Literal “A” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.

(I)
DISPOSITIVA:
Por lo antes expuesto, este Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Santa Teresa del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a los fines de resolver la presente solicitud de Revisión de Medida, previamente observa:

Por cuanto en }la presente causa se trata de un delito grave, ya que en el mismo no se le ha dado cumplimiento a la fianza que le fue impuesta, es por lo que se ACUERDA MANTENER la Medida impuesta en fecha 12-10-2006, en la Audiencia de presentación celebrada por este mismo Juzgado, actuando como Juez de Control, de conformidad con las atribuciones establecidas en el artículo 666 de la Ley Orgánicas para La Protección del Niño y el Adolescente, en la cual se le impuso la Medida Cautelar establecida en el artículo 582 Literal “G” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, esto es, la presentación de Dos (2) Fiadores que en su conjunto sumen la cantidad de Noventa (90) Unidades Tributarias, equivalente a Tres Millones Doscientos Noventa y Cuatro Bolívares y que cumplan los requisitos exigido en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal.-

Notifíquese lo conducente ala Defensoría Pública de responsabilidad penal de Adolescente de Los Valles del Tuy con sede en Ocumare del Tuy; y a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial con sede en Ocumare del Tuy, mediante boletas.

Dada, Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de esta la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Santa Teresa del Tuy, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil seis. Año: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
La Juez,


Dra. Tibisay Acosta

La Secretaria,

Abg. Minnorea Guzmán.


En la misma fecha de hoy, quince de noviembre del año dos mil seis, siendo las doce y treinta de la tarde, se publicó y se registró la anterior decisión, previo el anuncio de Ley
La Secretaria,




Exp. N° 1164-2006.-
Juan.-