REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 27 de NOVIEMBRE de 2006
196° y 147°
Visto el escrito presentado por la ciudadana: Abogada Doris Elisa Méndez Ponce, en su carácter de Fiscal Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el numeral 2º del artículo 318 del ambos del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, en consecuencia el Tribunal, para decidir observa:
DE LOS HECHOS: en efecto la presente causa se inicia por Acta de Levantamiento De Accidente de Tránsito de fecha 08-marzo-2.000, suscrita por el Dtgdo (TT) 5454 Enezman mora Castro, donde dejan constancia de accidente de transito en el sitio denominado Carretera Panamericana a la altura del Sector Caño Azul, Jurisdicción del Municipio Samuel Dario Maldonado, Estado Táchira, una vez en el referido lugar constata un VOLCAMIENTO de vehículo con daños materiales y un lesionado. Identificados como Herman Schwaiger, venezolano, con cédula de identidad Nº V-11.219.667.
En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación
Corre inserto al folio 04, Acta de Levantamiento De Accidente de Tránsito de fecha 08-marzo-2.000, suscrita por el Dtgdo (TT) 5454 Enezman mora Castro, donde dejan constancia de accidente de transito en el sitio denominado Carretera Panamericana a la altura del Sector Caño Azul, Jurisdicción del Municipio Samuel Dario Maldonado, Estado Táchira, una vez en el referido lugar constata un VOLCAMIENTO de vehículo con daños materiales y un lesionado. Identificados como Herman Schwaiger, venezolano, con cédula de identidad Nº V-11.219.667.
Corre inserto al folio 08, Reconocimiento Medico 207 de fecha 09-marzo-2.000, practicado al ciudadano Hernán Adolf Schwaiger Barón, a quien le diagnosticaron Herida contusas suturadas localizadas en región supra-auricular e infra-auricular y mejilla del lado derecho. 2- contusión con excoriación localizada en región frontal. Conclusiones: lesiones que ameritan asistencia médica, que lo incapacitan para sus labores habituales y deberán sanar en un lapso de ocho días, a partir del momento de los hechos salvo complicaciones posteriores.
Corre inserto al folio 35, acta de entrega de vehículo AUTOMOTOR: Placa 504-XGV, marca Toyota, clase Rustico, Modelo Hilux 4X4 Pick´up, color blanco, serial carrocería RN855149640, serial motor 22R4148952, al ciudadano Amador Antonio Caldera Lejet, por parte del representante Fiscal Noveno.
Ahora bien, esta juzgadora en análisis practicada a cada una de las actas que rielan en la citada causa, se evidencia inminentemente que las lesiones sufridas por el ciudadano Hernán Adolf Schwaiger Barón, fueron ocasionadas por el accidente de transito que sufrió él mismo en momento que conducía el vehículo automotor a exceso de velocidad, perdiendo el control saliéndose de la vía y volcándose, es por lo que se puede concluir que el hecho investigado NO ES TÍPICO; por lo que esta juzgadora en base al articulo 318 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, admite lo solicitado por el representante Fiscal; siendo en consecuencia, procedente la solicitud de SOBRESEIMIENTO, y así lo decide.-
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por cuanto no reviste carácter penal, conforme a lo establecido en el 318 numeral 2º, del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
Juez Segundo De Control
EL SECRETARIO
CAUSA N º 2C-6771-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-0381-00