REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO PENAL DEL ESTADO TACHIRA
TRIBUNAL DOS EN FUNCION DE JUICIO
CAUSA 2JU-1242-06
JUEZ UNIPERSONAL:
ABG. BELKIS ALVAREZ ARAUJO
ACUSADO DEFENSORA:
ISAIAS ALVIAREZ HERNANDEZ ABG. LISSETT DEPABLOS
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: SECRETARIA DE SALA:
ABG. GONZALO BRICEÑO MARIA NELIDA ARIAS SANCHEZ.
- En la ciudad de San Cristóbal, capital del Estado Táchira, a los veinte (20) días del mes de noviembre del año dos mil seis (2006), en la sala quinta del Circuito Penal del Estado Táchira, con libre acceso a la misma por parte del público a fin de dar inicio a la Audiencia Oral y Pública en la causa penal N° 2JU-1242-06, incoado por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, en contra del ciudadano ISAIAS ALVIAREZ HERNANDEZ, como autor de LA FALTA DENOMINADA INSTALACION DE TALLER MECANICO EN LA VIA PUBLICA, previsto y sancionado en el artículo 51 de la Ley de Seguridad y Orden Público del Estado Táchira. La ciudadana Juez ordena a la Secretaria verificar la presencia de las partes, señalando la misma que se encuentran presentes el Fiscal Quinto del Ministerio Público abogado Gonzalo Briceño, la defensora Lissett Depablos, el ciudadano Isaias Alviarez Hernández. La Juez declara abierto el acto, informa a los presentes la finalidad del acto, y señala las normas de decoro que deben guardar en el transcurso del debate las partes, y las insta a litigar de buena fe, y al imputado que puede comunicarse con su defensora, salvo que este declarando o siendo interrogado, y sobre la oportunidad en el transcurso de la presente audiencia, para ejercer su derecho de defensa de acuerdo a las formalidades y oportunidades previstas en la ley. El Fiscal del Ministerio Público, oralmente hace una síntesis de los hechos señalados al ciudadano ISAIAS ALVIAREZ HERNANDEZ, como autor de LA FALTA DENOMINADA INSTALACION DE TALLER MECANICO EN LA VIA PUBLICA, previsto y sancionado en el artículo 51 de la Ley de Seguridad y Orden Público del Estado Táchira, así como señala las pruebas sobre las cual sustentara su acusación, pidiendo sean admitidas por considerarlas lícitas, legales pertinentes, por consiguiente solicita sea admitida la acusación y en definitiva se dicte la correspondiente sentencia condenatoria.-------------------------------------------------- El Tribunal, visto el señalamiento fiscal, le cede el derecho de palabra a la defensa, quien expuso:”En conversación sostenida con mi representado, me ha manifestado su deseo de admitir su culpabilidad, por ello pido que se le aplique la pena correspondiente, con las rebajas a que halla lugar, es todo”.-------------------------------- Acto seguido la ciudadana Juez, vista la acusación presentada por el Ministerio Público en esta audiencia, y por tratarse de que se sigue la causa por el procedimiento abreviado, procede a pronunciarse en los siguientes términos. Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA EN CONTRA DEL ACUSADO
ISAIAS ALVIAREZ HERNANDEZ, como autor de LA FALTA DENOMINADA INSTALACION DE TALLER MECANICO EN LA VIA PUBLICA, previsto y sancionado en el artículo 51 de la Ley de Seguridad y Orden Público del Estado Táchira. SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LOS MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS POR EL REPRESENTANTE FISCAL, por considerarlos lícitos, legales, necesario y pertinentes.-------------Una vez realizado el anterior pronunciamiento procede a imponer al acusado ISAIAS ALVIAREZ HERNANDEZ, del precepto constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la disposición contenida en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, así como le explica en forma clara y sencilla la falta por la cual el representante fiscal lo esta acusando, el Procedimiento Especial por Falta, previsto en el artículo 382 y siguientes, acto seguido el acusado libre de presión y apremio y sin juramento alguno, expuso: “Libremente y sin coacción de ninguna naturaleza, admito la culpabilidad y pido que se me aplique en forma inmediata la pena, es todo”. -------------------------------------------------------------------------------------
El ciudadano Fiscal manifestó no tener objeción alguna a la admisión de culpabilidad hecha por el acusado de conformidad con lo previsto en el artículo 384 del Código Orgánico Procesal Penal. El Tribunal vista la admisión de culpabilidad realizada por el acusado ISAIAS ALVIAREZ HERNANDEZ; es por lo que se procede a imponer la pena respectiva, informando a las partes que solo se dará lectura al dispositivo del fallo, exponiendo los fundamentos de hecho y de derecho en los cuales se basa la presente decisión y el integro de la sentencia será leído y publicado dentro del décimo día hábil siguiente al de hoy, quedando notificadas las partes. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: CONDENA al acusado ISAIAS ALVIAREZ HERNANDEZ, quien es de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-10.159.814, nacido en fecha 04 de abril de 1067, casado, mecánico, residenciado en la Urbanización Hernández, vía Vega de Aza, más debajo de la Hoguera, Municipio Torbes, Estado Táchira, a pagar por vía multa la cantidad de DIEZ (10) DIAS DE SALARIO MINIMO, por la FALTA prevista en el artículo 51 de la Ley de Seguridad y Orden Público del Estado Táchira. SEGUNDO: Exonera de las costas procesales al ciudadano ISAIAS ALVIAREZ HERNANDEZ, por haber hecho uso de la Unidad de la Defensa Pública. Acuerda la remisión de la presente causa al Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal. Terminó siendo las 11:10 minutos de la mañana, se leyó y conformes firman.
ABG. BELKIS ALVAREZ ARAUJO
JUEZ SEGUNDO DE JUICIO
EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO,
ABG. GONZALO BRICEÑO GUTIERREZ
EL ACUSADO,
ISAIAS ALVIAREZ HERNANDEZ
LA DEFENSORA,
ABG. LISSETT DEPABLOS GUTIERREZ
LA SECRETARIA DE SALA,
MARIA NELIDA ARIAS SANCHEZ
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