REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO
CAUSA: 3C-466-05
JUEZA: NANCY TOYO YANCY
SECRETARIA: FABIOLA GUERRERO
IMPUTADO: ANGEL ENRIQUE TERAN.
DEFENSA PÚBLICA: ABG. JOSE GREGORIO
FISCAL: SEXTO DEL MINISTERIO PÚBLICO
Vista la solicitud de extensión de presentaciones realizada por la DEFENSA PUBLICA del imputado ANGEL ENRIQUE TERAN, solicitando le sean extendidas las presentaciones por un tiempo mas prolongado.
En consecuencia es Tribunal Tercero de Control a los fines de resolver tal solicitud, hace las siguientes consideraciones de conformidad a lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien se observa que el imputado ANGEL ENRIQUE TERAN, comenzó la a cumplir cabalmente con sus presentaciones, desde que se acordaron, considerando este Tribunal prudente a la fecha la revisión solicitada toda vez que el acusado a cumplido con el régimen de presentaciones impuesto.
Artículo 2 y 26 de la Constitución Bolivariana de Venezuela:
Artículo 2: “ Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”.
Artículo 26: “Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de su administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.
El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedida, sin dilataciones indebidas, sin formalismo o reposiciones inútiles”.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores expuestos este Juzgado de primera Instancia en lo Penal en funciones de Control No 3 del Circuito Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER LAS PRESENTACIONES, a cada CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS a favor del ciudadano: ANGEL ENRIQUE TERAN, de conformidad con el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE. CÚMPLASE,
Notifíquese a las partes librese nueva boleta de presentación al acusado. -
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL
DRA. NANCY TOYO YANCY
LA SECRETARIA
ABG. FABIOLA GUERRERO
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado, en la presente decisión.
LA SECRETARIA
ABG. FABIOLA GUERRERO