REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN BARLOVENTO

CAUSA: 1E085/06

JUEZA: DRA. ELIADE MARGARITA ISTURIZ PALACIOS

SECRETARIA: ABG. YNÉS CORINA VARGAS

PENADA: SORAYA VELENTINA MUJICA LANDER, titular de la Cédula de Identidad N° 14.528.611

DEFENSA PRIVADA: ABG. FELIX BORGES

VÍCTIMA: CINTHYA REINEZ MARQUEZ HERNANDEZ

FISCAL: ABG. ÁNGEL RAFAEL BASTARDO, Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas.


Definitivamente firme como se encuentra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Segundo en función de Juicio, de éste Circuito Judicial Penal y sede, en fecha 28 de septiembre del año 2006, mediante la cual condenó a la ciudadana SORAYA VALENTINA MUJICA LANDER, anteriormente identificado, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por ser autora responsable del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, tipificado en el artículo 415 del Código Penal, así como también fue condenada a cumplir la penas accesorias previstas en el artículo 16 ejusdem.

Este Juzgado de conformidad a lo establecido en los artículos 479. el cual establece:
Competencia; Al Tribunal de ejecución le corresponde la ejecución de las penas ¿y medidas de seguridad impuestas mediante sentencia firme. En consecuencia conoce de:
1. Todo lo concerniente a la libertad del penado, las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, redención de la pena por el trabajo y el estudio, conversión, conmutación y extinción de la pena;

Artículo 493: Suspensión condicional de la ejecución de la pena. Para que el tribunal de ejecución acuerde la suspensión condicional de la ejecución de la pena, deberá solicitar al Ministerio del Interior y Justicia, un informe psicosocial del penado y se requerirá:

1. Que el penado no sea reincidente, según certificado expedido por el Ministerio del Interior y Justicia.
2. Que la pena impuesta en la sentencia no exceda de cinco años.
3. Que el penado se comprometa a cumplir las condiciones que le imponga el tribunal o el delegado de prueba
4. Que presente oferta de trabajo y
5. Que no haya sido admitida en su contra, acusación por la comisión de un nuevo delito, o no le haya sido revocada cualquier formula alternativa de cumplimiento de pena que le hubiere sido otorgada con anterioridad.

De las normas antes señaladas se desprende que a la penada:

PRIMERO: Fue condenada a cumplir pena de TRES (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES de prisión por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto en el artículo 417 ahora 415 del Código Penal.

SEGUNDO: Que existe decisión de la ejecución y cómputo de la pena.

En consecuencia por cuanto se desprende de las normas antes señaladas y de la decisión dictada por éste juzgado, que la penada SORAYA VELENTINA MUJICA LANDER, puede optar por la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, Se Acuerda solicitar el certificado de antecedentes penales de la misma y la práctica del informe psicosocial. Se Acuerda citar a la penada a los fines de imponerla de la presente decisión.

DISPOSITIVA


Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que éste Tribunal primero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en nombre de La República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, Acuerda que se le practique el informe psico social a la penada SORAYA VELENTINA MUJICA LANDER, quien es titular de la Cédula de Identidad N° 14.528.611 y solicitar el Certificado de Antecedentes Penales de la misma, conforme a lo previsto en los artículos 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese, déjese copia y notifíquese lo conducente al Fiscal Penitenciario Décimo del Ministerio Público del Estado Miranda. y al Defensor. Cúmplase

LA JUEZA PRIMERO DE EJECUCION


DRA. ELIADE MARGARITA ISTURIZ P.
LA SECRETARIA


ABG. YNES CORINA VARGAS

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.-

LA SECRETARIA


ABG. YNES CORINA VARGAS
Exp. N° 1E-085/06