REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN BARLOVENTO

Sobre la base de las anteriores consideraciones este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Miranda Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:

1º) DECLARA REFORMADO EL COMPUTO DE LA PENA del penado MATA OROPEZA LEONARDO JOSE, titular de la Cédula de Identidad N° V-. 15.025.828, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 479, numeral 1° y 482 el Código Orgánico Procesal Penal

2º) ORDENA la práctica del examen psicosocial correspondiente al penado de autos, a los fines de determinar si el penado se encuentra apto para ser merecedor de la medida alterna de cumplimiento de pena DESTACAMENTO DE TRABAJO, todo conforme con lo dispuesto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 67 de la Ley de Régimen Penitenciario

Diarícese, publíquese, déjese copia certificada de la presente resolución. Líbrese Boleta de traslado al penado a los fines de imponerse de la presente decisión, ofíciese a la Coordinación Regional Región Central y anéxese Copia Certificada de la presente resolución y de la sentencia a los fines de que le sea practicado el informe psicosocial. Notifíquese al Fiscal con Competencia Penitenciaria, y al Defensor del Penado. Remítase copia certificada del presente cómputo y de la redención de pena a los fines de que sea agregado al expediente carcelario del penado. CUMPLASE.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN

Dr. VICTOR JULIO GAMERO CASTRO
LA SECRETARIA
Abg. KARLA SANTIN
En esta misma fecha se dio cabal cumplimiento a lo ordenado.


LA SECRETARIA,

ABG. KARLA SANTIN.

ACT: 2E-040-05