REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN BARLOVENTO
Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO CON SEDE GUARENAS; ADMINISTRADO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, OTORGA la fórmula alternativa de cumplimiento de pena TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO (Destacamento de Trabajo), al penado, , NIEVES OROPEZA CESAR RODRIGO titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.340.968 . Todo conforme con lo previsto en los artículos 500 y numeral 1 del artículo 479, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, notifíquese a las partes. Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación anexa a oficio, remítase al Director del internado Judicial Rodeo y boleta de Citación al penado a fin de imponerlo de la presente decisión. Ofíciese a la Coordinación Regional con sede en Guarenas, a fin que sea designado el delegado de prueba que se encargará de la supervisión del penado. Ofíciese al Director del Centro de Pernocta “Dra. Elena Aray”, a fin que el penado sea recibido en el mismo como destacamentario y anéxese copia certificada de la presente decisión, así como de la sentencia definitiva y del cómputo de pena. Cúmplase.
EL JUEZA TERCERA DE EJECUCIÓN
ISORA CONSUELO MARQUINA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA
Abg. MARYS DUARTE RUDAS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. MARYS DUARTE RUDAS
Exp. N° 3E-042-06