REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO
Por todos los razonamientos de hechos y de derechos anteriormente expuesto Este Tribunal Segundo en Funciones de Control Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley hace Los Siguientes Pronunciamiento PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud del Ministerio Publico de MANDATO DE CONDUCCIÓN del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA. SEGUNDO: Ordena a la Policía del Estado Miranda Región Policial Nº 6, con sede en Guatire, en forma inmediata, la Practica de la presente diligencia; es decir, conducir con la fuerza pública al mencionado adolescente, a la fiscalía Décima Octava del Ministerio Público con sede en Guarenas Municipio Plaza del Estado Miranda, a los fines de ser entrevistado sobre los hechos que se le investiga, todo con el debido respeto de sus mandatos Constitucionales. TERCERO: Remítase las presentes actuaciones con sus resultas al Ministerio Publico. CUARTO: Líbrese los correspondientes oficios .Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión.
Dada firmada y sellada y refrendada en la sede del Tribunal en Guarenas a los 27 días del Mes de noviembre del 2006 año 196 y 147.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ROGER ABEL USECHE ALVAREZ
LA SECRETARIA
Dra. YADIRA HENRIQUEZ MACHADO
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en el presente auto.
LA SECRETARIA
Dra. YADIRA HENRIQUEZ MACHADO
Solicitud N° 2S-468-06
RAUA/YHM