REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 25 de Noviembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2006-001730
ASUNTO : MP21-P-2006-001730


JUEZ: NELIDA ACOSTA DE RINCON
FISCAL 9° DEL M.P: MARIA ELENA TIRADO
IMPUTADO: LUIS IVANNE RODRIGUEZ SUAREZ
DEFENSA PRI: DR. ALBERTO ACOSTA
SECRETARIO: ARMANDO MENDOZA


IDENTIFICACION DEL IMPUTADO

LUIS IVANNE RODRIGUEZ, quien es de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad N° 11.558.340, de 31 años de edad, nacido en fecha 29-06-1975de profesión u oficio soldado, de estado civil casado, residenciado en la Urbanización La Estrella, piso 8, apartamento 82, Charallave, estado Miranda .


En fecha 22 de Noviembre 2006, fue celebrada la audiencia oral para oír al ciudadano imputado, donde el Representante del Ministerio Público, le imputó la presunta comisión del delito de Amenaza , Violencia Física y Psicológica , previstos en la Ley especial, solicitó la aplicación del procedimiento ordinario y se decretara Medida Cautelar prevista en el articulo 39 numeral 5° de la Ley Especial,. Por su parte este Tribunal acordó la aplicación del procedimiento ordinario, y decretó la Medida Cautelar , de conformidad con lo establecido en el artículo 39 ordinal 5° de la Ley Especial .

Ahora bien, vista la precalificación jurídica dada a los hechos por Representación Fiscal, siendo que es necesario de acuerdo a los hechos denunciados por la victima y lo declarado por el imputado, realizar diligencias tendentes al esclarecimiento de los hechos en la búsqueda de la verdad ; este tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es decretar la Medida Cautelar al referido ciudadano, de conformidad con lo establecido en el articulo 39 ordinal 5° de la Ley Especial que rige la materia . Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA


Por todo el razonamiento antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: Declara con lugar la solicitud de aplicación de procedimiento Ordinario, interpuesta por la Representación Fiscal, de conformidad con lo establecido en el articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano LUIS IVANNIE RODRIGUEZ, antes identificado, de conformidad con lo establecido en el articulo 39 ordinal 5° de la Ley Especial que rige la materia . Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía 9° del Ministerio Público, a los fines de continuar la investigación.
Regístrese, Diaricese y remítase junto con oficio a la Fiscalía Novena del Ministerio Público. CUMPLASE.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA. NELIDA ACOSTA DE RINCON
EL SECRETARIO
ABG. ARMANDO MENDOZA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECRETARIO
ABG. ARMANDO MENDOZA