REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Con fundamento en la motivación precedente, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano HECTOR JOSE RANGEL , de nacionalidad Venezolano, natural del Estado Zulia residenciado en Caja seca AGUA BLANCA CALLE PRINCIPAL DE LA VIA PALMARITO CASA 46 ESTADO ZULIA y Caja seca AGUA BLANCA CALLE PRINCIPAL DE LA VIA PALMARITO CASA 46 ESTADO ZULIA, Titular de la Cédula de Identidad N° 9398121 y , de conformidad con el artículo 318, ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal., en relación con el articulo 108 numeral 5° del Código Penal, por haber operado la prescripción de la acción penal y por ende la extinción de la acción penal.
Publíquese, regístrese, diarícese y notifíquese la presente decisión. Remitase las presentes actuaciones al jefe de archivo judicial a los fines de su cuido y archivo.
El Juez Segundo de Control
NELIDA ACOSTA
El Secretario
En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
El Secretario