REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Sobre la base de las consideraciones que anteceden, este Tribunal en función de Control N° 5 de la Extensión del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Acuerda continuar la causa por la vía del procedimiento abreviado, de conformidad con lo previsto en el artículo 36 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia y artículos 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
Segundo: Se impone como medida cautelar a la ciudadana SILVIA CHIQUINQUIRA BONAS FARNUM, cedulada con el N° 11.456.728, la prohibición de acercarse al lugar de trabajo del ciudadano RAMON YOEL MONTENEGRO, cedulado V-9.877.717 quien tiene la condición de victima en el presente caso, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 ordinal 5° de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese al Fiscal 9 del Ministerio Público, a la victima MONTENEGRO RAMON, a la agresora SILVIA CHIQUINQUIRA BONAS FORNUM y a la Defensa Abg. Rosa Ceballos de la presente decisión y remítase la presente causa al Tribunal de Juicio correspondiente; Se hacen dos ejemplares de un mismo tenor y a los fines de ser agregada a la causa principal y al Copiador de Autos Fundados llevados por este Tribunal. CUMPLASE.
EL JUEZ TITULAR QUINTO DE CONTROL
ORINOCO FAJARDO LEON.
EL SECRETARIO
ABG. NEPTALÍ GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO
NEPTALI GONZALEZ
ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2006-762
ASUNTO: MP21-P-2006-762
EXP. FISCAL: 15-F9-H-008294