REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES




LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES

195º y 147º

Visto el convenimiento anterior de fecha 10 de los corrientes, presentado por el ciudadano CRESCENZIO ANDREULA, titular de la cédula de identidad N° E-81.304.464, en su carácter de representante legal de la sociedad de comercio IMPORTADORA CAIAZZA C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 22 de octubre de 1993, bajo el N° 52, Tomo 34-A-Sdo, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSE SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.816, quien se denominará LA ACCIONADA, por una parte, y por la otra el abogado en ejercicio JESUS RAFAEL ACOSTA ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.929, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, este Tribunal HOMOLOGA dicho convenimiento de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le da carácter de cosa juzgada, ordenará el archivo del expediente una vez conste en autos que la parte demandada haya dado cumplimiento al mismo y ordena expedir por secretaria las copias fotostáticas certificadas solicitadas. Certificación que se hace de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos.. Cúmplase.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES


MJFT/Lisbeth
EXP. N° 16420