REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Ocumare del Tuy, 09 de Octubre del 2.006.
196° y 147°


AUTO DE SOBRESEIMIENTO


Visto el oficio N° 15-F17-1607-06 de fecha 22/09/06, presentado por la ciudadana Dra. FRANCISS HERNANDEZ, en su carácter de Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en la cual solicita el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa signada bajo el N° L-677/04, nomenclatura de este Juzgado, seguida contra el adolescente quien en vida respondiera al nombre de JOSÉ RAFAEL RIVAS, INDOCUMENTADO, domiciliado en subida Los Cocos, sector Flor de la Canela, casa sin número, Ocumare del Tuy, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, como lo es ROBO AGRAVADO y DETENTACIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio de GLORIA MARITZA BARRIOS DE SOLORZANO, este Tribunal observa:

RAZONES DE HECHO:

En fecha 07 de mayo de 2004, se inició la investigación signada con el N° 15F17-206-04,…donde figura como imputado el adolescente JOSÉ RAFAEL RIVAS, de 13 años de edad. Hecho este ocurrido el 07-05-2004, siendo aproximadamente las 10:30 horas de la mañana, cuando funcionarios adscritos a la Brigada de Orden Público, Comisaría de Ocumare del Tuy, se trasladaban por la calle principal de El Candelero de Ocumare del Tuy, avistaron a dos ciudadanos que se desplazaban en veloz carrera, dándole la voz de alto,…y que dos sujetos la habían robado, amenazándola de muerte con un arma de fuego, quien quedó identificada como: BARRIOS DE SOLORZANO GLORIA MARITZA, ...donde quedó identificado el adolescente como: JOSÉ RAFAEL RIVAS, de 13 años de edad,…”.

Ahora bien, al revisar detalladamente las actas que conforman el presente expediente, observamos que cursan en ellas:
1.- Acta policial de fecha 07/05/04, suscrita por el funcionario Agente JOEL JIMENEZ, adscrito a la Brigada de Orden público, Región Tuy, inserta al folio 03 y su Vto.-
2.- Acta de Entrevista del ciudadano LEONARDO JOSÉ POLEO HIDALGO, titular de la cédula de identidad N° V-15.224.377, inserta al folio 04.-
3.- Acta de Entrevista de la ciudadana GLORIA MARITZA BARRIOS DE SOLORZANO, titular de la cédula de identidad N° V-5.416.032, inserta al folio 05.-
4.- Acta de Audiencia de Presentación de fecha 08-05-2004, del adolescente: JOSÉ RAFAEL RIVAS, inserta al folio 13 al 15.-
5.- Oficio N° 321 de fecha 08/05/04, dirigido Al Comandante del IAPEM, donde decretan la libertad al adolescente JOSÉ RAFAEL RIVAS, inserto al folio 16.-
6.- Oficio N° 124 de fecha 10/05/04, con Experticia de Avalúo Real, suscrito por los Expertos Detective MIGUEL PÉREZ y el Agente JOSÉ ARGUINZONES, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub- Delegación Ocumare del Tuy, donde concluyen …, para un monto total real de CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS, Bs.55.500,00., a los folios 23 y 24.-
7.- Oficio N° 340 de fecha 17/05/04, Informe balístico suscrito por la Experto HINYLCE C. VILLANUEVA M., adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub- Delegación Ocumare del Tuy, donde concluye:” …, un arma de fuego del tipo Escopeta, a la orden de la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Miranda…”, al folio 25 y 26.-
8.- Acta Policial de fecha 08/05/04, suscrita por el funcionario CELIS JESÚS, adscrito Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub- Delegación Ocumare del Tuy, al folio 27.-
9.- Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 248, suscrita por KEYLA RATTIA, Registradora Civil del Municipio Tomás Lander del Estado Miranda, correspondiente a JOSÉ RAFAEL, a los folios 28 y 29.-
10.- Copia Simple del Acta de Defunción suscrita por OSWALDO VISCAYA, Registrador Civil del Municipio Tomás Lander del Estado Miranda, correspondiente al adolescente quien en vida respondiera al nombre JOSÉ RAFAEL RIVAS, INDOCUMENTADO, al folio 30.-

En fecha 27/09//06, la Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público, Dra. FRANCISS HERNANDEZ, solicita el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, como Acto Conclusivos de la presente investigación, a tenor de lo pautado en el artículo 561, literal d) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 318 ordinal 3° y 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537
de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, toda vez que resulta evidente la falta de una condición necesaria para imponer la sanción, en virtud que se ha extinguido la acción por la muerte del imputado JOSÉ RAFAEL RIVAS”. .

RAZONES DE DERECHO:

Ahora bien, una vez revisadas exhaustivamente todas y cada una de las actas que conforman el presente expediente, se observa que a los folios 30 y 31 se encuentra Copia Simple del Acta de Defunción, expedida por OSWALDO VISCAYA, Registrador Civil del Municipio Tomás Lander del Estado Miranda, correspondiente al occiso, quien en vida respondiera al nombre de JOSE RAFAEL RIVAS, por lo que este Tribunal considera que se encuentran llenos los extremos legales previsto en los artículo 561 literal D de la de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 318 ordinal 3° y 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente toda vez que resulta evidente la falta de una condición necesaria para imponer la sanción, en virtud que se ha Extinguido la Acción por la muerte del imputado antes mencionado.


DISPOSITIVA:

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, actuando en función de Control, conforme a lo estatuido en el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa, conforme a lo establecido en los artículos 561 literal D de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 318 numeral 3° y 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, el cual es aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida contra el adolescente, quien en vida respondiera al nombre de JOSE RAFAEL RODRÍGUEZ. Notifíquese a las partes.
Transcurrido el lapso legal a los fines de que la presente decisión quede definitivamente firme, se ordenará su remisión a la División de los Archivos Judiciales, a los fines de su correspondiente archivo del expediente y cuido.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión, dictada en la sede de este Despacho, en la ciudad de Ocumare del Tuy, a los Nueve días del mes de Octubre del año dos mil seis (2006).CUMPLASE.-
EL JUEZ,

Dr. GUILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS

LA SECRETARIA,

Abg. MARIA ALEJANDRA ORTA MERCHAN

Seguidamente y en la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado y se libraron boletas de notificación Nos. 666 Y 667.-
LA SRIA.,

Abg. ORTA MERCHAN












EXP. N° L-677/04.-
GFCV/MAOM/belkis.