REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA
Cibido oficio Nº 20-FXV-521-06, con actuaciones anexas en horas de despacho del día de hoy Cuatro de Octubre de Dos Mil Seis.
Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZÁLEZ
Secretario Titular
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Rubio, Diez de Octubre de Dos Mil Seis.
196° y 147°
Por recibido procedente de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Regístrese en el Libro correspondiente. Por cuanto se observa que en el Acto Conciliatorio, de fecha 29 de Septiembre de 2.006, celebrado entre la Adolescente: MARBELYS DESIREE TORRES, Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 20.618.784, (Estado Gestación), en compañía de su representante legal Ciudadana: FRANCY YUDITH TORRES, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 12.517.632 y WILSON MARCIAL VERA RUÍZ, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 9.467.435, no fue homologado, se acuerda de conforme al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley lo declara Homologado. CUMPLASE. Notifíquese a la Fiscalía Especializada Décima Quinta para la Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial.
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Abg. EDGAR ENRIQUE MORALES RAMÍREZ
Juez Temporal
Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZÁLEZ
Secretario Titular
En la misma fecha se le dio entrada bajo en N° 2613-06 del libro respectivo, se libró el oficio Nº 3170-1162 dirigido a la Fiscalía, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.