REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
NÚMERO DOS

San Cristóbal, 13 de OCTUBRE de 2006
195º y 146º

Visto el escrito presentado por el ciudadano Juan Carlos Páez Pacheco, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.234.395, con el carácter de Vice/Presidente de las Empresas Mercantil DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS C.A. “DIPROBALCA” inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 01-12-1.983, bajo el Nº 10, tomo 20-A, con su ultima modificación , por ante el Registro Mercantil Primero de esta Circunscripción Judicial el 31-10-1.994, bajo el Nº 25, tomo 14-A y DISTRIBUIDORA DE AGUA MINERAL C.A. “DIAGUAMIN” inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nº 01, tomo 12-A, del cuarto trimestre, de fecha 03-12-1.983, asistido en este acto por el abogado, DR. LUIS ORLANDO RAMIREZ CARRERO, venezolano, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 6.107, con domicilio procesal en la calle 4, con carrera 3 oficina nº 9, Centro Colonial Dr. Toto González, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, mediante el cual presenta QUERELLA PENAL en contra de la ciudadana DURBIN JANETH HERRERA SARMIENTO, venezolano, nacida en Rubio el 01-11-1.970, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-, 9.468.472, soltera, Contador Público, domiciliado en el calle 21, con avenida 07, casa nº 7-10, Sector La Colonia, Rubio, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en los artículo 470 del Código Penal, en concordancia con el artículo 468 ejusdem; a tales efectos, Este Tribunal para decidir observa:

Revisado el presente caso, observa quien decide que la querella penal presentada por el ciudadano Juan Carlos Páez Pacheco, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.234.395, con el carácter de Vice/Presidente de las Empresas Mercantil DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS C.A. “DIPROBALCA” inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 01-12-1.983, bajo el Nº 10, tomo 20-A, con su ultima modificación, por ante el Registro Mercantil Primero de esta Circunscripción Judicial el 31-10-1.994, bajo el Nº 25, tomo 14-A y DISTRIBUIDORA DE AGUA MINERAL C.A. “DIAGUAMIN” inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nº 01, tomo 12-A, del cuarto trimestre, de fecha 03-12-1.983, asistido en este acto por el abogado, DR. LUIS ORLANDO RAMIREZ CARRERO, venezolano, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 6.107, con domicilio procesal en la calle 4, con carrera 3 oficina nº 9, Centro Colonial Dr. Toto González, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, mediante el cual presenta QUERELLA PENAL en contra de la ciudadana DURBIN JANETH HERRERA SARMIENTO, venezolano, nacida en Rubio el 01-11-1.970, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-, 9.468.472, soltera, Contador Público, domiciliado en el calle 21 , con avenida 07, casa nº 7-10, Sector La Colonia, Rubio, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en los artículo 470 del Código Penal, en concordancia con el artículo 468 ejusdem, cumple a cabalidad con los requisitos establecidos en el artículo 294 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, este Tribunal conforme a lo previsto en el artículo 296 del Código Orgánico Procesal penal, ADMITE LA QUERELLA presentada por el ciudadano Juan Carlos Páez Pacheco, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.234.395, con el carácter de Vice/Presidente de las Empresas Mercantil DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS C.A. “DIPROBALCA” inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 01-12-1.983, bajo el Nº 10, tomo 20-A, con su ultima modificación , por ante el Registro Mercantil Primero de esta Circunscripción Judicial el 31-10-1.994, bajo el Nº 25, tomo 14-A y DISTRIBUIDORA DE AGUA MINERAL C.A. “DIAGUAMIN” inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nº 01, tomo 12-A, del cuarto trimestre, de fecha 03-12-1.983, asistido en este acto por el abogado, DR. LUIS ORLANDO RAMIREZ CARRERO, venezolano, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 6.107, con domicilio procesal en la calle 4, con carrera 3 oficina nº 9, Centro Colonial Dr. Toto González, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, en contra de la ciudadana DURBIN JANETH HERRERA SARMIENTO, venezolano, nacida en Rubio el 01-11-1.970, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-, 9.468.472, soltera, Contador Público, domiciliado en el calle 21 , con avenida 07, casa nº 7-10, Sector La Colonia, Rubio, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, en concordancia con el artículo 468 ejusdem, en virtud que la misma cumple a cabalidad con los requisitos establecidos en el artículo 294 del Código Orgánico Procesal Penal, confiriéndosele a la víctima ya nombrada e identificada, a partir del presente auto, la condición de QUERELLANTE en la presente causa. Notifíquense a las partes. Conforme a lo previsto en el artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, remítanse las presentes actuaciones al Fiscal Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los fines que distribuya el conocimiento de la presente causa, al fiscal que en definitiva deba conocer y tenga a bien dictar o no el inicio de la Investigación Penal. Líbrese el Oficio respectivo. Notifíquese. Cúmplase lo ordenado.-



ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL


ABG. MIGUEL ILIJA OJEDA
SECRETARIO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Srio.-
CAUSA N° 2C-7099-2006