REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES.
ACTA
En horas de despacho del día de hoy, 5 de octubre de 2006, siendo las 1100 a.m., día y hora fijado para la celebración de la apertura de la AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente procedimiento contentivo de la acción de calificación de despido interpuesta por el ciudadano FRANCIS ALEJANDRO ZAMBRANO RAMIREZ contra la empresa SISTEMAS LOGISTICOS ALIMENTICIOS S.A. LA GRANJA, se anunció el acto a la entrada del Tribunal, no compareciendo las partes ni por si ni por medio de apoderado alguno. En este estado, la Juez deja expresa constancia de la incomparecencia del ciudadano FRANCIS ALEJANDRO ZAMBRANO RAMIREZ titular de la Cédula de Identidad N° 14.991.587, parte actora en el presente procedimiento de calificación de despido, e igualmente de la parte accionada SISTEMAS LOGISTICOS ALIMENTICIOS S.A. LA GRANJA, quienes no concurrieron a la Audiencia ni por si ni por medio de representante alguno. La Juez vista la incomparecencia de la parte demandante, en cumplimiento de la doctrina fijada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del fallo, en consecuencia vista la incomparecencia a la apertura de la Audiencia Preliminar del ciudadano FRANCIS ALEJANDRO ZAMBRANO RAMIREZ, en estricta aplicación de la consecuencia consagrada en el artículo 130 eiusdem, le resulta forzoso a este Juzgado declarar DESISTIDO el presente procedimiento, terminado el proceso, quedando de esta forma extinguida la instancia. Y en tal sentido este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el presente procedimiento, terminado el proceso, y extinguida la instancia. Se ordena el archivo del expediente y su remisión al archivo judicial una vez transcurridos los lapsos legales para interponer recursos contra esta decisión. Es todo. Terminó.
PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dictada, firmada y sellada en la sal de despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques , a los cinco (5) días del mes de octubre de dos mil seis ( 2006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
JASMINE MORELLA GARCIA
LA JUEZ
LA SECRETARIA
Nota: En la misma fecha de hoy 26 de julio de 2006, siendo las 11:30 a.m. se publicó y registró esta decisión previo cumplimiento de los requisitos de Ley.
JASMINE MORELLA GARCIA
LA JUEZ
EL ACCIONANTE Y SU REPRESENTANTE JUDICIAL
REPRESENTANTE DE LA EMPRESA Y SU ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA
EXP. 1170-06
JG.MC