REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 13 de Octubre de 2006.-
196° y 147°
Juez Unipersonal: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal 19° del Ministerio Público: Dra. Damelis Brazon.-
Defensor Pública Penal: Dr. Elias Monsalve.-
Imputada: Magaly Manrique Peña
Secretaria: Abg. Ingrid Moreno.-
Delito: Tráfico de sustancia estupefaciente y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el consumo y tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.-
DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, ACUERDA la libertad plena, en favor de la ciudadana Magaly Manrique Peña, titular de la cédula de identidad V-10.275.828, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 numeral 1 Constitucional.-
Notifíquense a las partes con boleta y líbrese la correspondiente boleta de excarcelación relativa a la ciudadana Magaly Manrique Peña, de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 175 de nuestra norma adjetiva penal. Regístrese, déjese copia certificada.-
El Juez,
Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria,
Abg. Ingrid Moreno
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
La Secretaria,
Abg. Ingrid Moreno